Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Acuerdos Presidenciales
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AUTORÍZASE A MINISTRO DE
HACIENDA Y C. P. PARA ASUMIR EL PRINCIPAL E INTERESES DE PRÉSTAMO
DEL BNN CON CROCKER CITIZENS BANK
"No. 281. Aprobado el 5 de Enero de 1972.
Publicado en La Gaceta No 22 del 27 de Enero de 1972.
En la ciudad de Managua, Distrito Nacional, a las once y treinta
minutos de la mañana del día cinco de enero de mil novecientos
setenta y dos. Reunidos en Casa Presidencial, en Consejo de
Ministros los infrascritos señores Doctor Antonio Coronado Torres,
Ministro de la Gobernación; Doctor Lorenzo Guerrero, Ministro de
Relaciones Exteriores; Licenciado Juan José Martínez L., Ministro
de Economía, Industria y Comercio; General de Brigada GN. Gustavo
Montiel, Ministro de Hacienda y Crédito Público; Ingeniero J.
Antonio Mora R., Ministro de Educación Pública; Ingeniero Alfonso
Callejas Deshon, Ministro de Obras Públicas; General de Brigada GN.
Juan García Saldaña, Ministro de Defensa por la Ley; Señor Gustavo
Bendaña Jerez, Ministro de Agricultura y Ganadería por la Ley;
Doctor Rafael Alvarado Sarria, Ministro de Salud Pública; y Doctor
Adolfo Muñiz Otero, Ministro del Trabajo por la Ley, previa
citación del Señor Presidente de la República, General de División
Don Anastasio Somoza, quien preside este Consejo y con asistencia
del Doctor Luis Valle Olivares, Secretario de la Presidencia de la
República, que autoriza, resolvieron dictar el siguiente Acuerdo:
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
EN CONSEJO DE MINISTROS
En uso de las facultades que le confiere el Arto. 15 del Decreto
Legislativo No. 1914 de 31 de agosto de 1971,
ACUERDA:
1o.) Autorízase al Señor Ministro de Hacienda y Crédito
Público, o al funcionario en quien éste delegue, para que en nombre
del Gobierno de Nicaragua, asuma el principal e intereses de la
deuda que el Banco Nacional de Nicaragua contraerá con el Crocker
Citizens Bank de San Francisco, por un préstamo de US$ 1.300.000.00
que le concederá en la siguiente forma:
a) US$ 400.000.00 a un interés
anual de 1% sobre la tasa interbancaria del eurodólar y 1/2 % de
comisión sobre aval de Eximbank y que serán pagados en 2 cuotas de
US$ 189,970.00 en marzo de 1975 y US$ 210.030.00 en septiembre de
1975, respectivamente.
b) US$ 900.000.00, con un interés del 2% anual sobre la tasa
interbancaria del eurodólar, a pagarse en ocho cuotas iguales de
US$ 112.500.00, comenzando a partir del mes de marzo de 1974 y
terminando en el mes de septiembre de 1977.
2o.) Autorízase al Señor Ministro de Hacienda y Crédito
Público o al funcionario en quien éste delegue, para que en nombre
del Gobierno de Nicaragua, asuma el principal e intereses de la
deuda que el Banco Nacional de Nicaragua, contraerá con
International System & Control Corporation (ISC) de Huston,
Texas, Estados Unidos de América, por un préstamo de US$
339.400.00, al 2 % de interés sobre la tasa interbancaria europea
(eurodólar), que se amortizará en 7 cuotas iguales de US$
41.000.00, empezando en el mes de marzo de 1978 y concluyendo en el
mes de septiembre de 1981 con una octava Cuota de US$
52.400.00.
3o.) Los referidos préstamos se le concederán al Banco
Nacional de Nicaragua para financiar la construcción de dos (2)
terminales para almacenamiento y secado de granos que forman parte
del Proyecto de Centros Agrícolas; estas terminales tienen una
capacidad de 10.000 toneladas métricas cada una y estarán ubicadas
en los municipios de San Isidro, Departamento de Matagalpa y
Chinandega del Departamento del mismo nombre.
4o.) La presente autorización comprende la facultad de
firmar todos los documentos que fuere preciso en la tramitación del
Préstamo de la referencia y aceptar las cláusulas y condiciones en
él requeridas, así como la de incluir en los correspondientes
presupuestos Generales de Ingresos y Egresos de la República, las
cantidades necesarias para el cumplimiento oportuno de las
obligaciones en él contraídas.
5o.) Este Acuerdo empezará a regir desde la fecha de su
publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.
Comuníquese. Casa Presidencial. Managua, Distrito Nacional, cinco
de Enero de mil novecientos setenta y dos. - A. SOMOZA.-
Presidente de la República. - El Ministro de la Gobernación.-
Antonio Coronado Torres.-El Ministro de Relaciones
Exteriores, Lorenzo Guerrero.- El Ministro de Economía,
Industria y Comercio, Juan J. Martínez L.- El Ministro de
Hacienda y C. P., Gustavo Montiel; El Ministro de Educación
Pública, J. Antonio Mora R.; El Ministro de Obras Públicas,
Alfonso Callejas D.- El Ministro de Defensa por la Ley,
Juan García Saldaña.- El Ministro de Agricultura y Ganadería
por la Ley, Gustavo Bendaña J.- El Ministro de Salud
Pública, Rafael Alvarado Sarria.- El Ministro del Trabajo
por la Ley, Adolfo Muñiz Otero.- El Secretario de la
Presidencia de la República, Luis Valle Olivares.
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