Autorizar Al Ministro De Hacienda Y Crédito Público Para Suscribir Con El Bid Contrato De Préstamo Por 15 Millones De Dólares (U$ 15,000.000.00) Para Financiar El Programa Urbano De Bienestar Para La Niñez En Extrema Pobreza, Fase I
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Acuerdos Presidenciales
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(AUTORIZAR AL MINISTRO DE
HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO PARA SUSCRIBIR CON EL BID CONTRATO DE
PRÉSTAMO POR 15 MILLONES DE DÓLARES (U$ 15,000.000.00) PARA
FINANCIAR EL PROGRAMA URBANO DE BIENESTAR PARA LA NIÑEZ EN EXTREMA
POBREZA, FASE I)
ACUERDO PRESIDENCIAL No. 314-2009, Aprobado 10 de Diciembre
del 2009
Publicado en La Gaceta No. 239 del 17 de Diciembre del 2009
El Presidente de la República de Nicaragua
CONSIDERANDO:
I
Que el Gobierno de la República de Nicaragua está solicitando al
Banco Interamericano de Desarrollo (BID), un financiamiento para
llevar a cabo el Programa Urbano de Bienestar para la Niñez en
Extrema Pobreza, Fase I, que tiene como objetivo general ampliar
el acceso con calidad a intervenciones comunitarias, inclusivas y
sostenibles, de atención integral a las y los menores de seis (6)
años así como sus familias y comunidades de barrios urbanos
priorizados por su nivel de pobreza, a fin de contribuir a mejorar
el desarrollo integral de la niñez que vive en condiciones de
extrema pobreza en el área urbana.
II
Que este Contrato de Préstamo cumple con las condiciones
financieras concesionales y se fundamenta en lo dispuesto en el
Artículo No. 50. Inciso No. 1 del Reglamento de la Ley No.477 Ley
General de Deuda Pública, publicada en La Gaceta, Diario Oficial
No. 21 del 30 de enero de 2004; también está en armonía con los
Lineamientos de La Política de Endeudamiento Público del año 2009,
publicado en La Gaceta, Diario Oficial, No.154 del 12 de agosto del
año 2008, y con los objetivos propuestos en La Estrategia Nacional
de Deuda Pública en La Gaceta Diario Oficial No.115 del 18 de junio
del año 2008.
En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política
ACUERDA
Artículo 1. Autorizar al Ministro de Hacienda y Crédito
Público, para que en nombre y representación de la República de
Nicaragua, suscriba con el Banco Interamericano de Desarrollo
(BID), un Contrato de Préstamo por un monto de Quince Millones de
Dólares de Estados Unidos de América (US$15, 000,000.00), para
financiar el Programa Urbano de Bienestar para la Niñez en Extrema
Pobreza, Fase 1, a ser ejecutado por el Ministerio de la Familia,
Adolescencia y Niñez (MIFAN).
Artículo 2. La certificación de este Acuerdo acreditará la
representación del Ministro para la suscripción del Contrato de
Préstamo relacionado en el artículo anterior, cuyos términos han
sido previamente acordados entre el Ministerio de Hacienda y
Crédito Público (MHCP) y el Banco Interamericano de Desarrollo
(BID).
Artículo 3. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir
de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa de Gobierno, a los diez día del
mes de Diciembre del año dos mil nueve. Daniel Ortega
Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua.- Salvador
Vanegas Guido, Encargado del Despacho de la Secretaría Privada
para Policías Nacionales.
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