Autorizar Al Ministro De Hacienda Y Crédito Público Para Suscribir Con El (Aif) Convenio De Donación Lo Equivalente A Cinco Millones De Dólares Para Financiar El Proyecto De Fortalecimiento Del Sistema De Salud Y De Repuesta A Las Emergencias Epidemiológicas
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Acuerdos Presidenciales
-
(AUTORIZAR AL MINISTRO DE
HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO PARA SUSCRIBIR CON EL (AIF) CONVENIO DE
DONACIÓN LO EQUIVALENTE A CINCO MILLONES DE DÓLARES PARA FINANCIAR
EL PROYECTO DE FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA DE SALUD Y DE REPUESTA A
LAS EMERGENCIAS EPIDEMIOLÓGICAS)
ACUERDO PRESIDENCIAL No. 322- 2009, Aprobada el 22 de
Diciembre del 2009
Publicada en La Gaceta No. 244 del 30 de Diciembre del 2009
El Presidente de la República de Nicaragua
CONSIDERANDO:
I
Que para disminuir la propagación y riesgo de pandemia de la
influenza humana A/H1N1, el Gobierno de la República de Nicaragua
está implementando un plan nacional de prevención y respuesta que
permita controlar y reducir el riesgo de contagio, especialmente en
grupos vulnerables.
II
Que para financiar parcialmente dicho plan, el Gobierno de la
República Nicaragua ha solicitado financiamiento en forma de
donación a la Asociación Internacional de Fomento (AIF) del Banco
Mundial, con el fin de fortalecer las funciones globales de
vigilancia y salud pública.
En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política
ACUERDA
Artículo 1. Autorizar al Ministro de Hacienda y Crédito
Público (MHCP) para que, en nombre y representación del Gobierno de
Nicaragua, suscriba con la Asociación Internacional de Fomento
(AIF) del Banco Mundial un Convenio de Donación por la suma de tres
millones doscientos mil derechos especiales de giro (DEG 3.200,000)
equivalentes a cinco millones de dólares de los Estados Unidos de
América (US$ 5,000,0000), aproximadamente, para financiar el
Proyecto de Fortalecimiento del Sistema de Salud y Respuesta a las
Emergencias Epidemiológicas.
Artículo 2. La certificación de este Acuerdo acreditará la
representación del Ministro de Hacienda y Crédito Público en la
firma del Convenio de Donación relacionado en el artículo anterior,
cuyos términos han sido previamente acordados entre el Ministerio
de Hacienda y Crédito Público y la Asociación Internacional de
Fomento (AIF) del Banco Mundial.
Artículo 3. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir
de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa de Gobierno, el día veintidós de
Diciembre del año dos mil nueve. Daniel Ortega Saavedra,
Presidente de la República de Nicaragua, Salvador Vanegas
Guido, Encargado del Despacho de la Secretaría Privada para
Políticas Nacionales.
-