Autorizar Al Ministro De Hacienda Y Crédito Público (Mhcp), Para Que En Nombre Y Representación Del Gobierno De La República De Nicaragua, Suscriba Con El Export-Import Bank De La República De China (Eximbank-China), El “Acuerdo De Consolidación De La Deuda De Cuatro Préstamos Firmados Entre La República De Nicaragua Y El Eximbank-China”

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Normas Jurídicas de Nicaragua Rango: Acuerdos Presidenciales - (AUTORIZAR AL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO (MHCP), PARA QUE EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DEL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, SUSCRIBA CON EL EXPORT-IMPORT BANK DE LA REPÚBLICA DE CHINA (EXIMBANK-CHINA), EL ACUERDO DE CONSOLIDACIÓN DE LA DEUDA DE CUATRO PRÉSTAMOS FIRMADOS ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL EXIMBANK-CHINA) ACUERDO PRESIDENCIAL No. 112-2013, Aprobado el 11 de Junio de 2013 Publicado en La Gaceta No. 114 del 20 de Junio de 2013 El Presidente de la República de Nicaragua Comandante Daniel Ortega Saavedra En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política ACUERDA Artículo 1. Autorizar al Ministro de Hacienda y Crédito Público (MHCP), para que en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscriba con el Export-Import Bank de la República de China (Eximbank-China), el Acuerdo de Consolidación de la Deuda de cuatro préstamos firmados entre la República de Nicaragua y el Eximbank-China, por un monto de Cuarenta y Siete Millones Quinientos Noventa Mil Cuatrocientos Cincuenta Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 47,590,450.00), dicha consolidación tiene como objetivo de canalizar la deuda pactada a una sola tasa de interés simple. Artículo 2. La certificación de este Acuerdo acreditará la representación del Ministro de Hacienda y Crédito Público en la firma del Acuerdo relacionado en el artículo anterior, cuyos términos han sido previamente acordados entre el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Export-Import Bank de la República de China (Eximbank-China). Artículo 3. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día once de junio del año dos mil trece. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Paul Oquist Kelley, Secretario Privado para Políticas Nacionales. -