Autorizar Al Ministro De Hacienda Y Crédito Público (Mhcp), Para Que En Nombre Y Representación Del Gobierno De La República De Nicaragua, Suscriba Con El Export-Import Bank De La República De China (Eximbank-China), El “Acuerdo De Consolidación De La Deuda De Cuatro Préstamos Firmados Entre La República De Nicaragua Y El Eximbank-China”
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Rango: Acuerdos Presidenciales
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(AUTORIZAR AL MINISTRO DE
HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO (MHCP), PARA QUE EN NOMBRE Y
REPRESENTACIÓN DEL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, SUSCRIBA
CON EL EXPORT-IMPORT BANK DE LA REPÚBLICA DE CHINA
(EXIMBANK-CHINA), EL ACUERDO DE CONSOLIDACIÓN DE LA DEUDA DE
CUATRO PRÉSTAMOS FIRMADOS ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL
EXIMBANK-CHINA)
ACUERDO PRESIDENCIAL No. 112-2013, Aprobado el 11 de Junio
de 2013
Publicado en La Gaceta No. 114 del 20 de Junio de 2013
El Presidente de la República de Nicaragua
Comandante Daniel Ortega Saavedra
En uso de las facultades que le confiere la Constitución
Política
ACUERDA
Artículo 1. Autorizar al Ministro de Hacienda y Crédito
Público (MHCP), para que en nombre y representación del Gobierno de
la República de Nicaragua, suscriba con el Export-Import Bank de la
República de China (Eximbank-China), el Acuerdo de Consolidación
de la Deuda de cuatro préstamos firmados entre la República de
Nicaragua y el Eximbank-China, por un monto de Cuarenta y Siete
Millones Quinientos Noventa Mil Cuatrocientos Cincuenta Dólares de
los Estados Unidos de América (US$ 47,590,450.00), dicha
consolidación tiene como objetivo de canalizar la deuda pactada a
una sola tasa de interés simple.
Artículo 2. La certificación de este Acuerdo acreditará la
representación del Ministro de Hacienda y Crédito Público en la
firma del Acuerdo relacionado en el artículo anterior, cuyos
términos han sido previamente acordados entre el Ministerio de
Hacienda y Crédito Público y el Export-Import Bank de la República
de China (Eximbank-China).
Artículo 3. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir
de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de
Nicaragua, el día once de junio del año dos mil trece. Daniel
Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua.
Paul Oquist Kelley, Secretario Privado para Políticas
Nacionales.
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