Autorizar Al Ministerio De Relaciones Exteriores Para Que En Representación De Nicaragua Y El Ministerio De Relaciones Exteriores De China-Taiwán, Suscriba Acuerdo Sobre Pago De Intereses De La Deuda Consolidada Del Sector Público Con El Export-Import Bank De China-Taiwán

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Administrativa Rango: Acuerdos Presidenciales - (AUTORIZAR AL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES PARA QUE EN REPRESENTACIÓN DE NICARAGUA Y EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES DE CHINA-TAIWÁN, SUSCRIBA ACUERDO SOBRE PAGO DE INTERESES DE LA DEUDA CONSOLIDADA DEL SECTOR PÚBLICO CON EL EXPORT-IMPORT BANK DE CHINA-TAIWÁN) ACUERDO PRESIDENCIAL No. 130-2013 Aprobado el 18 de Junio del 2013 Publicada en La Gaceta No. 242 del 20 de Diciembre del 2013 El Presidente de la República de Nicaragua Daniel Ortega Saavedra En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política Artículo 1. Autorizar al Compañero Samuel Santos López, Ministro de Relaciones Exteriores, para que en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscriba el acuerdo entre el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de China (Taiwán) referente al pago de intereses de la deuda consolidada del sector público de la República de Nicaragua, con el Export-Import Bank de la República de China (Taiwán). Artículo 2. La certificación de este Acuerdo faculta amplia y suficientemente al Compañero Samuel Santos López, para proceder de conformidad. Artículo 3. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de la presente fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día dieciocho de junio del año dos mil trece. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Paul Oquist Kelley, Secretario Privado, para Políticas Nacionales. -