Autorizar Al Ministerio De Relaciones Exteriores Para Que En Representación De Nicaragua Y El Ministerio De Relaciones Exteriores De China-Taiwán, Suscriba Acuerdo Sobre Pago De Intereses De La Deuda Consolidada Del Sector Público Con El Export-Import Bank De China-Taiwán
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Acuerdos Presidenciales
-
(AUTORIZAR AL MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES PARA QUE EN REPRESENTACIÓN DE NICARAGUA Y EL
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES DE CHINA-TAIWÁN, SUSCRIBA
ACUERDO SOBRE PAGO DE INTERESES DE LA DEUDA CONSOLIDADA DEL SECTOR
PÚBLICO CON EL EXPORT-IMPORT BANK DE CHINA-TAIWÁN)
ACUERDO PRESIDENCIAL No. 130-2013 Aprobado el 18 de Junio
del 2013
Publicada en La Gaceta No. 242 del 20 de Diciembre del 2013
El Presidente de la República de Nicaragua Daniel Ortega
Saavedra
En uso de las facultades que le confiere la Constitución
Política
Artículo 1. Autorizar al Compañero Samuel Santos López, Ministro de
Relaciones Exteriores, para que en nombre y representación del
Gobierno de la República de Nicaragua, suscriba el acuerdo entre el
Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de China
(Taiwán) referente al pago de intereses de la deuda consolidada del
sector público de la República de Nicaragua, con el Export-Import
Bank de la República de China (Taiwán).
Artículo 2. La certificación de este Acuerdo faculta amplia y
suficientemente al Compañero Samuel Santos López, para proceder de
conformidad.
Artículo 3. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de la
presente fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de
Nicaragua, el día dieciocho de junio del año dos mil trece. Daniel
Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Paul
Oquist Kelley, Secretario Privado, para Políticas Nacionales.
-