Autorizar Al Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Para Suscribir Con El Instituto De Crédito Ofivial (Ico) Del Reino De España, Convenio De Crédito Para Financiar Proyecto “Optimización Del Sistema De Abastecimiento, Mejora De Los Indices Macro Y Micromediació, Planificación Y Mejoramiento Medioambiental”

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Administrativa Rango: Acuerdos Presidenciales - (AUTORIZAR AL MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO PARA SUSCRIBIR CON EL INSTITUTO DE CRÉDITO OFIVIAL (ICO) DEL REINO DE ESPAÑA, CONVENIO DE CRÉDITO PARA FINANCIAR PROYECTO OPTIMIZACIÓN DEL SISTEMA DE ABASTECIMIENTO, MEJORA DE LOS INDICES MACRO Y MICROMEDIACIÓ, PLANIFICACIÓN Y MEJORAMIENTO MEDIOAMBIENTAL) ACUERDO PRESIDENCIAL No. 315-2006, Aprobado el 04 de Julio del 2006 Publicado en La Gaceta No. 133 del 10 de Julio del 2006 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA CONSIDERANDO I Que dentro del espíritu de amistad y colaboración que caracterizan las relaciones entre el Reino de España y la República de Nicaragua, el Reino de España, actuando a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO), aprobó el 10 de marzo de 2006 la concesión de un crédito a la República de Nicaragua, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD). II Que los fondos de dicho crédito servirán para financiar el proyecto Optimización del sistema de abastecimiento, mejora de los índices macro y micromedición, planificación y mejoramiento medioambiental, proyecto que ejecutará la Empresa Nicaragüense de Acueductos y Alcantarillados (ENACAL) para mejorar el sistema de distribución. En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política ACUERDA Arto. 1.- Autorizar al Ministro de Hacienda y Crédito Público, para que actuando en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscriba con el Instituto de Crédito Oficial (ICO) del Reino de España, Convenio de Crédito por un importe de Ocho Millones Cuatrocientos Sesenta y Seis Mil Veintiún Euros con 67/100 (EUR 8,466,021.67), para financiar el proyecto Optimización del sistema de abastecimiento, mejora de los índices macro y micromedición, planificación y mejoramiento medioambiental. Arto. 2.- La certificación de este Acuerdo acreditará la representación del Ministro en la firma del Convenio de Crédito referido en el artículo anterior, cuyos términos han sido previamente acordados entre el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Instituto de Crédito Oficial (ICO) del Reino de España. Arto. 3.- El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el cuatro de julio del año dos mil seis. Enrique Bolaños Geyer, Presidente de la República de Nicaragua. -