Autorizar Al Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Para Suscribir Con El Instituto De Crédito Ofivial (Ico) Del Reino De España, Convenio De Crédito Para Financiar Proyecto “Optimización Del Sistema De Abastecimiento, Mejora De Los Indices Macro Y Micromediació, Planificación Y Mejoramiento Medioambiental”
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Acuerdos Presidenciales
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(AUTORIZAR AL MINISTERIO DE
HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO PARA SUSCRIBIR CON EL INSTITUTO DE
CRÉDITO OFIVIAL (ICO) DEL REINO DE ESPAÑA, CONVENIO DE CRÉDITO PARA
FINANCIAR PROYECTO OPTIMIZACIÓN DEL SISTEMA DE ABASTECIMIENTO,
MEJORA DE LOS INDICES MACRO Y MICROMEDIACIÓ, PLANIFICACIÓN Y
MEJORAMIENTO MEDIOAMBIENTAL)
ACUERDO PRESIDENCIAL No. 315-2006, Aprobado el 04 de Julio
del 2006
Publicado en La Gaceta No. 133 del 10 de Julio del 2006
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que dentro del espíritu de amistad y colaboración que caracterizan
las relaciones entre el Reino de España y la República de
Nicaragua, el Reino de España, actuando a través del Instituto de
Crédito Oficial (ICO), aprobó el 10 de marzo de 2006 la concesión
de un crédito a la República de Nicaragua, con cargo al Fondo de
Ayuda al Desarrollo (FAD).
II
Que los fondos de dicho crédito servirán para financiar el proyecto
Optimización del sistema de abastecimiento, mejora de los índices
macro y micromedición, planificación y mejoramiento
medioambiental, proyecto que ejecutará la Empresa Nicaragüense de
Acueductos y Alcantarillados (ENACAL) para mejorar el sistema de
distribución.
En uso de las facultades que le
confiere la Constitución Política
ACUERDA
Arto. 1.- Autorizar al Ministro de Hacienda y Crédito
Público, para que actuando en nombre y representación del Gobierno
de la República de Nicaragua, suscriba con el Instituto de Crédito
Oficial (ICO) del Reino de España, Convenio de Crédito por un
importe de Ocho Millones Cuatrocientos Sesenta y Seis Mil Veintiún
Euros con 67/100 (EUR 8,466,021.67), para financiar el proyecto
Optimización del sistema de abastecimiento, mejora de los índices
macro y micromedición, planificación y mejoramiento
medioambiental.
Arto. 2.- La certificación de este Acuerdo acreditará la
representación del Ministro en la firma del Convenio de Crédito
referido en el artículo anterior, cuyos términos han sido
previamente acordados entre el Ministerio de Hacienda y Crédito
Público y el Instituto de Crédito Oficial (ICO) del Reino de
España.
Arto. 3.- El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de
esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el cuatro de julio
del año dos mil seis. Enrique Bolaños Geyer, Presidente de
la República de Nicaragua.
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