Autorizar Al Embajador De La República De Nicaragua En Los Estados Unidos De América, Para Que En Nombre Y Representación Del Gobierno De La República De Nicaragua, Suscriba Con La International Development Association (Ida), Convenio De Financiamiento No.4527- Ni Y Donación No.h430-0 Ni, Para Financiar El “Proyecto De Agua Y Saneamiento En El Área Metropolitana De Managua” Que Ejecutará La Empresa Nicaragüense De Acueductos Y Alcantarillados Sanitarios (Enacal
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Rango: Acuerdos Presidenciales
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(AUTORIZAR AL EMBAJADOR DE LA
REPÚBLICA DE NICARAGUA EN LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, PARA QUE
EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DEL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA, SUSCRIBA CON LA INTERNATIONAL DEVELOPMENT ASSOCIATION
(IDA), CONVENIO DE FINANCIAMIENTO NO.4527- NI Y DONACIÓN NO.H430-0
NI, PARA FINANCIAR EL PROYECTO DE AGUA Y SANEAMIENTO EN EL ÁREA
METROPOLITANA DE MANAGUA QUE EJECUTARÁ LA EMPRESA NICARAGÜENSE DE
ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS SANITARIOS (ENACAL)
ACUERDO PRESIDENCIAL Nº 516-2008, Aprobado el 29 de
Diciembre de 2008
Publicado en La Gaceta No. 7 del 13 de Enero de 2009
El Presidente de la República de Nicaragua
CONSIDERANDO
I
Que es prioridad del Gobierno de la República de Nicaragua promover
una política de desarrollo y sustentabilidad de la infraestructura
de agua y saneamiento, así como la expansión del servicio en las
áreas urbanas mediante el fortalecimiento institucional y
modernización de ENACAL y el mantenimiento de su operación pública.
II
Que el Gobierno de la República de Nicaragua ha gestionado con la
International Development Association (IDA) financiar la
implementación, ejecución y asistencia técnica del Proyecto de
Agua y Saneamiento en el Área Metropolitana en Managua, lo que
permitirá fortalecer los esfuerzos actuales por aumentar el acceso
a servicios confiables de agua y saneamiento de la población que
vive en el área metropolitana de Managua beneficiando a unos
106,000 habitantes aproximadamente; a través de las siguientes
acciones (i) Rehabilitación de las redes existentes de agua y
alcantarillado sanitario; (ii) Ampliación de la cobertura de agua
potable y saneamiento; (iii) Aumento de la eficiencia en la
prestación y gestión de los servicios, por medio de un soporte
técnico a largo plazo después de la construcción o rehabilitación
de dichos sistemas que permita probar nuevas tecnologías y
metodologías para atender a los diversos segmentos de la población
urbana de Managua.
En uso de las facultades que le
confiere la Constitución Política
ACUERDA
Artículo 1. Autorizar al Embajador de la República de
Nicaragua en los Estados Unidos de América, para que en nombre y
representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscriba
con la International Development Association (IDA), Convenio de
Financiamiento No.4527- NI y Donación No.H430-0 NI, por un monto de
Veintisiete Millones Especiales de Giros (DEGs 27,000,000.00),
equivalente aproximadamente a Cuarenta millones de dólares de los
Estados Unidos de América (US$40,000,000.00) de los cuales
DEGs13,500,000.00 son en carácter de donación y DEGs
13,500,000.00 en carácter de préstamo, para financiar el Proyecto
de Agua y Saneamiento en el Área Metropolitana de Managua que
ejecutará la Empresa Nicaragüense de Acueductos y Alcantarillados
Sanitarios (ENACAL).
Artículo 2. La Certificación de este Acuerdo acreditará la
representación del Embajador Arturo Cruz Sequeira en la firma del
Convenio de Financiamiento referido en el artículo anterior, cuyos
términos han sido previamente acordados entre el Ministerio de
Hacienda y Crédito Público (MHCP) y la International Development
Association (IDA).
Artículo 3. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir
de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa de Gobierno, el día veintinueve
de Diciembre del año dos mil ocho. Daniel Ortega Saavedra,
Presidente de la República de Nicaragua. Paul Oquist Kelley,
Secretario Privado para Políticas Nacionales.
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