Autorizar A La Ministra De La Familia, Adolescencia Y Niñez, Como Representante Para Que Convoque Y Presida Permanentemente El Consejo Nacional De Atención Y Protección Integral A La Niñez Y La Adolescencia (Conapina)
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Acuerdos Presidenciales
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(AUTORIZAR A LA MINISTRA DE LA
FAMILIA, ADOLESCENCIA Y NIÑEZ, COMO REPRESENTANTE PARA QUE CONVOQUE
Y PRESIDA PERMANENTEMENTE EL CONSEJO NACIONAL DE ATENCIÓN Y
PROTECCIÓN INTEGRAL A LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA
(CONAPINA))
ACUERDO PRESIDENCIAL No. 157-2007, Aprobado el 08 de Marzo
del 2007
Publicado en La Gaceta No. 54 del 16 de Marzo del 2007
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO
I
Que es imperativo consolidar las estructuras institucionales
creadas por las leyes para garantizar la protección y defensa de
los niños, niñas y adolescentes que mandata la Constitución
Política de la República de Nicaragua y la Convención Internacional
de los Derechos del Niño y la Niña, delegando responsabilidades en
los funcionarios e instituciones que por su misión están más
cercanos a la problemática concreta.
II
Que la Ley 351, Ley de Organización del Consejo Nacional de
Atención y Protección Integral a la Niñez, y la Adolescencia y la
Defensoría de las Niñas, Niños y Adolescentes, adscribe a la
Presidencia de la República la facultad de ejercer la presidencia
del mismo, pro medio de un Representante.
En uso de las facultades que le
confiere la Constitución Política
ACUERDA
Artículo 1.- Nombrar a la Compañera Rosa Adilia Vizcaya
Briones, en su calidad de Ministra de la Familia, Adolescencia y
Niñez del Poder Ciudadano como su Representante para que convoque y
presida permanentemente el Consejo Nacional de Atención y
Protección Integral a la Niñez y la Adolescencia (CONAPINA),
delegando en ella y en la institución que dirige, amplias
facultades para alcanzar los objetivos y lograr el funcionamiento
del Consejo.
Artículo 2.- El presente Acuerdo surte sus efectos a partir
de esta fecha. Publíquese en la Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa de Gobierno, a los ocho días del
mes de marzo del año dos mil siete. DANIEL ORTEGA SAAVEDRA,
Presidente de la República de Nicaragua.
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