Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Seguridad y Defensa Nacional
Rango: Acuerdos Presidenciales
-
(AUTORIZACIÓN PARA VENTA DE
ARMAS AL EJERCITO)
ACUERDO PRESIDENCIAL No. 185-99, Aprobado el 9 de Junio
de 1999
Publicado en La Gaceta No. 133 del 13 de Julio de 1999
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que el Ejército de Nicaragua ha solicitado autorización para vender
armas y municiones en estado de deterioro de acuerdo con las actas
# 180399-3,-1 y 150399-2 de la Dirección de Logística de dicha
Institución.
II
Que de acuerdo con el Decreto 809 publicado en La Gaceta Diario
Oficial No. 202 del 7 de Septiembre de 1981, Ley de Contrataciones
Administrativas del Estado, Entes Descentralizados o Autónomas y
Municipalidades en su artículo 14 numeral 2 establece la excepción
para que las Fuerzas Armadas de la República puedan contratar
libremente más allá del monto establecido.
III
Que el artículo 3 numeral 5 del Código de Organización,
Jurisdicción y Previsión Social Militar, publicado en la Gaceta
Diario Oficial número 165 del 2 de Septiembre de 1994, autoriza al
Ejército de Nicaragua para adquirir derechos y contraer
obligaciones.
En uso de las facultades que le confiere la Constitución
Política
ACUERDA
Artículo 1.- Se autoriza al Ejército de Nicaragua para que
pueda vender armas y municiones en estado de deterioro conforme las
actas # 180399-3, 150399-1 y 150399-2.
Artículo 2.- El Ejército de Nicaragua para la venta
deberá ajustarse a lo establecido en el Decreto 809 publicado en la
Gaceta Diario Oficial Número 202 del 7 de Septiembre de 1981.
Artículo 3.- El monto de las ventas de las municiones
deberá ser depositado en la Caja Única del Ministerio de Hacienda y
Crédito Público, quedando a disponibilidad del Ejército de
Nicaragua, para lo cual requerirá de la aprobación del presidente
de la República para su ejecución.
Artículo 4.- El Presente Acuerdo surte efecto a partir de
está fecha . publíquese en la Gaceta Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el nueve de
Junio de mil novecientos noventa y nueve. ARNOLDO ALEMAN
LACAYO, Presidente de la República de Nicaragua.
-