Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Acuerdos Presidenciales
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AUTORIZACIÓN PARA TRASPASO DE
INMUEBLE AL INSTITUTO NACIONAL TECNOLÓGICO (INATEC)
ACUERDO PRESIDENCIAL No. 244-95, Aprobado el 29 de
Septiembre de 1995
Publicado en La Gaceta No. 219 del 21 de Noviembre de 1995
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
CONSIDERANDO
I
Que es propósito fundamental del Gobierno de la República ir
sentando bases para el despegue económico del país.
II
Que existen una serie de áreas de actividades que han venido siendo
ejecutadas por Corporaciones y Empresas de propiedad estatal,
siendo el desarrollo y comercialización de este tipo de sectores de
la economía más propia de la función empresarial de la iniciativa
privada, reservándose el Estado una función normativa y
reguladora.
III
Que la adecuada explotación de estas actividades requiere de su
modernización, mediante inversiones para la adopción de nuevas
tecnologías, y para la renovación de maquinarias, equipos y
accesorios.
IV
Que es necesario impulsar acciones que redunden en el incremento de
la eficiencia y productividad de estos sectores de la economía,
entre las que se encuentran las de privatizar los bienes de las
distintas empresas estatales dedicadas a la ejecución de tareas más
propias del sector empresarial privado.
V
Que por otra parte, es también preocupación del Gobierno, ir
fortaleciendo a Instituciones del Estado que lo requieren,
asignándoles para el ejercicio de sus funciones, inmuebles en
privatización, con lo que se liberan fondos públicos para la
inversión en infraestructuras y programas sociales.
POR TANTO
En uso de las facultades que le confiere la Constitución
Política,
HA DICTADO
El siguiente Acuerdo de:
AUTORIZACIÓN PARA TRASPASO DE INMUEBLE AL INSTITUTO NACIONAL
TECNOLÓGICO (INATEC)
Artículo 1.- Apruébase la propuesta presentada por la Junta
General de Corporaciones Nacionales del Sector Público (CORNAP) en
Resolución No. CCXCVII-8 tomada por dicha Junta para la entrega
mediante DACIÓN EN ABONO de un inmueble y las mejoras existentes en
el mismo al Instituto Nacional Tecnológico (INATEC), por cuenta de
deudas que con este Instituto tengan las distintas Corporaciones y
Empresas Estatales adscritas a la CORNAP.
Dicho inmueble se ubica en la ciudad de León, y se encuentra
inscrito bajo el No. 36,267, Tomo 646, Folio 187, Asiento 3ro. , de
la Columna de Inscripciones, Sección de Derechos Reales del Libro
de Propiedades, del Registro Público del Departamento de
León.
Artículo 2.- Se faculta a la Junta General de Corporaciones
Nacionales del sector Público (CORNAP), para que lleve a cabo la
escrituración de dicho traspaso en los términos contenidos en la
mencionada propuesta, ratificando lo ya actuado o adelantado al
respecto, tomando en cuenta lo dispuesto en los siguientes
artículos.
Artículo 3.- Se faculta a la Junta General de CORNAP, para
negociar y convenir con el Instituto Nacional Tecnológico (INATEC)
los montos que se deben reconocer a cuenta de las deudas que las
distintas Corporaciones Nacionales y/o sus empresas adscritas
tengan o lleguen a tener con dicha Institución, así como para
efectuar los demás actos y trámites necesarios y conducentes para
este efecto.
Artículo 4.- Para en caso fuese necesario, autorízase desde
ahora al Procurador General de Justicia a comparecer ante Notario
Público en cualquier otro acto a que se refiere el presente Acuerdo
donde se requiera su intervención, a fin de firmar los documentos
pertinentes.
Artículo 5.- Sirva la Certificación del presente Acuerdo y
de la Toma de Posesión del Señor Procurador como suficiente
documento habilitante para acreditar su representación y celebrar
los actos correspondientes.
Artículo 6.- El presente Acuerdo surtirá sus efectos a
partir de esta fecha. Publíquese en el Diario Oficial, La
Gaceta.
Dado en la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los
veintinueve días del mes de Septiembre de mil novecientos noventa y
cinco. VIOLETA BARRIOS DE CHAMORRO.-Presidente de la
República de Nicaragua.
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