Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Acuerdos Presidenciales
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(AUTORIZACIÓN PARA SUSCRIBIR CON
LA AIF UN CRÉDITO POR UN MONTO EN YEN JAPONÉS EQUIVALENTE A 1.2
MILLONES DE DÓLARES, NO REEMBOLSABLE)
ACUERDO PRESIDENCIAL No. 182-93, Aprobado el 28 de Julio de
1993
Publicado en La Gaceta No. 153 del 16 de Agosto de 1993
El Presidente de la República de Nicaragua, en uso de sus
facultades,
ACUERDA:
Artículo 1.- Autorizar al Doctor Emilio Pereira
Alegría, Ministro de Finanzas de Nicaragua, para que en
representación del Gobierno de Nicaragua suscriba con la Asociación
Internacional de Fomento (AIF) como Administrador del Fondo de
Desarrollo de Política y Recursos Humanos (PHRD) del Gobierno de
Japón, un crédito por un monto en Yen Japonés equivalente a 1.2
millones de dólares, no reembolsable. El crédito consiste en
Asistencia Técnica para apoyar el Programa de Ajuste Estructural
como parte del segundo crédito de Recuperación Económica con el
Banco Mundial.
Artículo 2.- El presente Acuerdo surte sus efectos a partir
de esta fecha. Publíquese en el Diario Oficial, La Gaceta.
Dado en la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los
veintiocho días del mes de julio de mil novecientos noventa y tres.
VIOLETA BARRIOS DE CHAMORRO, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA.
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