Autorización Para Privatización De Complejo Azucarero 1

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Administrativa Rango: Acuerdos Presidenciales - AUTORIZACIÓN PARA PRIVATIZACIÓN DE COMPLEJO AZUCARERO ACUERDO PRESIDENCIAL No. 62-94, Aprobado el 16 de Marzo de 1994 Publicado en La Gaceta No. 63 del 07 de Abril de 1994 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, CONSIDERANDO I Que la reactivación de la producción Azucarera del país, con una explotación racional de los recursos disponibles, cumple a cabalidad el doble propósito de generar empleos y de incrementar la producción de alimentos básicos. II Que en la actualidad hay un comportamiento irregular en la producción de Azúcar la que ha venido sufriendo serias dificultades debido a la falta de inversiones, por lo que no se ha podido evitar un cierto grado de deterioro en su infraestructura y la falta de reposición de sus maquinarias. III Que es necesario impulsar acciones que redunden en el incremento de la eficiencia y productividad del sector y promuevan las inversiones de los recursos necesarios. IV Que entre estas acciones se encuentran la de privatizar las empresas Azucareras estatales, devolviéndolas o vendiéndolas en su caso, a personas con experiencia en la siembra, cultivo, proceso de industrialización y comercialización del azúcar, tal como lo propone la Junta General de Corporaciones Nacionales del Sector Público (CORNAP) en su resolución CCXI-1 del veintidós de Septiembre de 1993. Por Tanto En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política, Ha Dictado El siguiente Acuerdo de: AUTORIZACIÓN PARA PRIVATIZACIÓN DE COMPLEJO AZUCARERO Artículo 1.- Apruébase la propuesta presentada a la Presidencia de la República por la Junta General de Corporaciones Nacionales del Sector Público (CORNAP) en relación a la privatización de los bienes bajo control y administración del Estado, que integra la Corporación Nicaragüense del Azúcar (CONAZUCAR), en especial de la Empresa Azucarera de Reforma Agraria Benjamín Zeledón, facultándola en consecuencia a CORNAP a proceder a la privatización de dichos bienes en los términos contenidos en la Resolución CCX-1 del 22 de Septiembre de 1993 y tomando en cuenta lo dispuesto en los siguientes artículos. Artículo 2.- Las facultades que por este medio se otorgan a la Junta General de Corporaciones Nacionales del Sector Público (CORNAP) de acuerdo a lo anteriormente dispuesto comprenden las de realizar la determinación de los bienes a privatizarse, efectuar las ventas en su caso y todos los trámites, autorizaciones, designaciones, desmembraciones, delegaciones y negociaciones necesarias o conducentes a los efectos de este Acuerdo. Artículo 3.- Instrúyese al Señor Procurador General de la República para subsanar posibles omisiones en el Registro a favor del Estado de la Republica de Nicaragua de los bienes a privatizar y para en caso fuese necesario, autorízase desde ahora al Procurador General de Justicia, a comparecer ante Notario Público en los casos de compraventa o cualquier otro acto a que se refiere el presente Acuerdo, donde fuese necesaria su intervención, a fin de firmar los documentos en nombre del Estado para extender aval y garantía a favor del comprador por la evicción y saneamiento que ordena la ley. Sirva la Certificación del presente Acuerdo y de la toma de posesión del Señor Procurador como suficientes documentos habilitantes para acreditar su representación y celebrar los actos correspondientes. Artículo 4.- El presente Acuerdo surtirá sus efectos a partir de esta fecha. Publíquese en el Diario Oficial, La Gaceta. Dado en la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los dieciséis días del mes de Marzo de mil novecientos noventa y cuatro. VIOLETA BARRIOS DE CHAMORRO, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA. -