Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Acuerdos Presidenciales
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AUTORIZACIÓN PARA PRIVATIZACIÓN
DE COMPLEJO AZUCARERO
ACUERDO PRESIDENCIAL No. 62-94, Aprobado el 16 de Marzo de
1994
Publicado en La Gaceta No. 63 del 07 de Abril de 1994
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
CONSIDERANDO
I
Que la reactivación de la producción Azucarera del país, con una
explotación racional de los recursos disponibles, cumple a
cabalidad el doble propósito de generar empleos y de incrementar la
producción de alimentos básicos.
II
Que en la actualidad hay un comportamiento irregular en la
producción de Azúcar la que ha venido sufriendo serias dificultades
debido a la falta de inversiones, por lo que no se ha podido evitar
un cierto grado de deterioro en su infraestructura y la falta de
reposición de sus maquinarias.
III
Que es necesario impulsar acciones que redunden en el incremento de
la eficiencia y productividad del sector y promuevan las
inversiones de los recursos necesarios.
IV
Que entre estas acciones se encuentran la de privatizar las
empresas Azucareras estatales, devolviéndolas o vendiéndolas en su
caso, a personas con experiencia en la siembra, cultivo, proceso de
industrialización y comercialización del azúcar, tal como lo
propone la Junta General de Corporaciones Nacionales del Sector
Público (CORNAP) en su resolución CCXI-1 del veintidós de
Septiembre de 1993.
Por Tanto
En uso de las facultades que le confiere la Constitución
Política,
Ha Dictado
El siguiente Acuerdo de:
AUTORIZACIÓN
PARA PRIVATIZACIÓN DE COMPLEJO AZUCARERO
Artículo 1.- Apruébase la propuesta presentada a la
Presidencia de la República por la Junta General de Corporaciones
Nacionales del Sector Público (CORNAP) en relación a la
privatización de los bienes bajo control y administración del
Estado, que integra la Corporación Nicaragüense del Azúcar
(CONAZUCAR), en especial de la Empresa Azucarera de Reforma Agraria
Benjamín Zeledón, facultándola en consecuencia a CORNAP a proceder
a la privatización de dichos bienes en los términos contenidos en
la Resolución CCX-1 del 22 de Septiembre de 1993 y tomando en
cuenta lo dispuesto en los siguientes artículos.
Artículo 2.- Las facultades que por este medio se otorgan a
la Junta General de Corporaciones Nacionales del Sector Público
(CORNAP) de acuerdo a lo anteriormente dispuesto comprenden las de
realizar la determinación de los bienes a privatizarse, efectuar
las ventas en su caso y todos los trámites, autorizaciones,
designaciones, desmembraciones, delegaciones y negociaciones
necesarias o conducentes a los efectos de este Acuerdo.
Artículo 3.- Instrúyese al Señor Procurador General de la
República para subsanar posibles omisiones en el Registro a favor
del Estado de la Republica de Nicaragua de los bienes a privatizar
y para en caso fuese necesario, autorízase desde ahora al
Procurador General de Justicia, a comparecer ante Notario Público
en los casos de compraventa o cualquier otro acto a que se refiere
el presente Acuerdo, donde fuese necesaria su intervención, a fin
de firmar los documentos en nombre del Estado para extender aval y
garantía a favor del comprador por la evicción y saneamiento que
ordena la ley.
Sirva la Certificación del presente Acuerdo y de la toma de
posesión del Señor Procurador como suficientes documentos
habilitantes para acreditar su representación y celebrar los actos
correspondientes.
Artículo 4.- El presente Acuerdo surtirá sus efectos a
partir de esta fecha. Publíquese en el Diario Oficial, La
Gaceta.
Dado en la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los
dieciséis días del mes de Marzo de mil novecientos noventa y
cuatro. VIOLETA BARRIOS DE CHAMORRO, PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA DE NICARAGUA.
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