Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Acuerdos Presidenciales
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AUTORIZACIÓN PARA LA
PRIVATIZACIÓN DE INSTALACIONES DE TURNICA A FAVOR DE LA CÁMARA DE
INDUSTRIAS DE NICARAGUA
(CADÍN)
ACUERDO PRESIDENCIAL No. 196-95, Aprobado el 21 de Agosto de
1995
Publicado en La Gaceta No. 181 del 28 de Septiembre de 1995
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
CONSIDERANDO
I
Que es propósito fundamental del Gobierno de la República ir
sentando bases para el despegue económico del país.
II
Que existen una serie de áreas de actividades que han venido siendo
ejecutadas por Corporaciones y Empresas de propiedad estatal,
siendo el desarrollo y comercialización de este tipo de sectores de
la economía más propia de la función empresarial de la iniciativa
privada, reservándose el Estado una función normativa y reguladora.
III
Que el Estado a través de CORNAP, controla y administra bienes
entre los cuales se encuentran las instalaciones físicas ocupadas
por la Cámara de Industria (CADÍN) contiguo a las instalaciones de
la empresa NUEVA TURNICA, localizados de la rotonda de Plaza España
300 metros hacia el sur, las que consisten en edificios, obras de
infraestructura y terrenos.
IV
Que asimismo el Gobierno ha recibido solicitud de los miembros de
la CÁMARA DE INDUSTRIAS DE NICARAGUA (CADÍN) para que le sean
vendidas dichas instalaciones en las que actualmente funcionan las
oficinas de esa institución, habiéndose efectuado acuerdos y
compromisos al respecto.
V
Que la reactivación de la actividad industrial es fundamental para
la estabilidad económica y social del país y por ello es necesario
impulsar acciones que redunden en el incremento de la eficacia,
productividad y beneficios para este sector. Es igualmente
preocupación del Gobierno enviar a los inversionistas y a los
mercados una clara señal de compromiso en impulsar la reactivación
económica y la democratización de la propiedad.
VI
Ante esta situación y en aras de procurar el beneficio del gremio
indicado.
POR TANTO
En uso de las facultades que le confiere la Constitución
Política,
HA DICTADO
El siguiente Acuerdo de:
AUTORIZACIÓN PARA LA PRIVATIZACIÓN DE INSTALACIONES DE TURNICA A
FAVOR DE LA CÁMARA DE INDUSTRIAS DE NICARAGUA
(CADÍN)
Artículo 1.- Apruébase la propuesta presentada por la Junta
General de Corporaciones Nacionales del Sector Público (CORNAP),
contenida en la Resolución No. CCXCVIII-3. En consecuencia
autorízase la privatización de los bienes del Estado a que hace
referencia la mencionada resolución, tomando en cuenta lo dispuesto
en los siguientes artículos. Artículo 2.- Se faculta a la
Junta General de Corporaciones Nacionales del Sector Público
(CORNAP), para que en los términos contenidos en la nominada
propuesta lleve a cabo los actos necesarios y conducentes para la
legalización de dicho traspaso, efectuando las negociaciones,
delegaciones, designaciones y demás actos y trámites necesarios y
conducentes para este efecto. Se ratifica lo ya actuado o
adelantado al respecto. Artículo 3.- Autorízase desde ahora
al Procurador General de Justicia para subsanar omisiones y a
comparecer ante Notario Público en cualquier acto a que se refiere
el presente Acuerdo, donde se requiera su intervención, a fin de
firmar los documentos pertinentes. Artículo 4.- Sirva la
Certificación del presente Acuerdo y de la Toma de Posesión del
Señor Procurador como suficientes documentos habilitantes para
acreditar su representación y celebrar los actos correspondientes.
Artículo 5.- El presente Acuerdo surte sus efectos a partir
de esta fecha. Publíquese en el Diario Oficial, La Gaceta. Dado en
la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los veintiún días
del mes de Agosto de mil novecientos noventa y cinco. VIOLETA
BARRIOS DE CHAMORRO, Presidente de la República de
Nicaragua.
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