Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Acuerdos Presidenciales
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AUTORIZACIÓN (PARA FIRMAR
DOCUMENTOS COMO FIADOR SOLIDARIO DE CRÉDITO QUE BANCOLAT CONCEDERÁ
AL EJÉRCITO DE NICARAGUA)
ACUERDO PRESIDENCIAL No. 164-95, Aprobado el 26 de Junio de
1995
Publicado en La Gaceta No. 180 del 27 de Septiembre de 1995
El Presidente de la República de Nicaragua, en uso de sus
facultades,
ACUERDA:
Artículo 1.- Autorizar al Ministro de Finanzas, Doctor
Emilio Pereira Alegría, para que en nombre y representación
del Gobierno de la República de Nicaragua, firme los documentos que
sean necesarios como fiador solidario en el crédito que el Banco de
Latinoamérica S.A. (BANCOLAT), concederá al Ejército de Nicaragua
por un monto de Un Millón setecientos ochenta y cinco mil dólares
(US$ 1,785.000.00), para la compra de tres lanchas, de acuerdo a la
forma y condiciones contratadas entre el Ejército de Nicaragua y el
Banco acreedor.
Artículo 2.- Sirva la certificación del presente Acuerdo y
la Toma de Posesión del Ministro de Finanzas, Doctor Emilio Pereira
Alegría como suficientes documentos habilitantes para acreditar su
representación.
Artículo 3.- El presente Acuerdo surte sus efectos a partir
de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los
veintiséis días del mes de Junio de mil novecientos noventa y
cinco. VIOLETA BARRIOS DE CHAMORRO, Presidente de la
República de Nicaragua.
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