Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Energética
Rango: Acuerdos Presidenciales
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AUTORIZACIÓN DE TRASLADO EN
ADMINISTRACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE LA GENERADORA SAN RAFAEL, S.A. A LA
EMPRESA NICARAGÜENSE DE ELECTRICIDAD
ACUERDO PRESIDENCIAL N° 251-2008. Aprobado el 12 de Junio
del 2008
Publicado en La Gaceta Nº 114 del 17 de Junio del 2008
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que la Constitución Política de la República de Nicaragua en sus
Artos. 98 y 99 establece que "la función principal del Estado en la
economía es desarrollar materialmente al país, suprimir el atraso y
la dependencia heredados; mejorar las condiciones de vida del
pueblo y realizar una distribución cada vez más justa de la
riqueza", y que "El Estado es el responsable de promover el
desarrollo integral del país, y como gestor del bien común deberá
garantizar los intereses y las necesidades particulares, sociales,
sectoriales y regionales de la nación."
II
El Programa de Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional tiene
como propósito garantizar la participación del Estado en los
servicios fundamentales a la población como es la energía, en ese
sentido, se impulsan proyectos de transformación energética, pero
mientras logramos nuestra independencia se hace necesario preservar
y reactivar los recursos que tenemos y aprovecharlos al máximo y en
toda su capacidad en beneficio de la nación.
III
Que en ese sentido, el Estado como socio de la Compañía Nacional
Productora de Cemento, S.A. (CNPC, S.A.), es dueño de la Generadora
San Rafael, S.A.: Planta Energética que por más de dos (2) años
permaneció inactiva, y que con el esfuerzo de este Gobierno en
Octubre/2007, reinició operaciones aportando al SIN un promedio de
4.8 MW. Que se hace necesario que esta Planta Generadora sea
administrada por una Entidad especializada que se encargue tanto de
las operaciones técnicas como de las relaciones o conexiones con
otros operadores energéticos para lograr la inserción dentro de la
Normativa Eléctrica Nacional y de esa manera conseguir un
aprovechamiento de mayor generación en beneficio de la
población.
En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política
ACUERDA
AUTORIZACIÓN DE TRASLADO EN ADMINISTRACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE LA
GENERADORA SAN RAFAEL, S.A. A LA EMPRESA NICARAGÜENSE DE
ELECTRICIDAD
Artículo 1. Se autoriza a la Presidenta de la Junta General
de CORNAP, en representación del porcentaje accionario del Estado
en la Compañía Nacional Productora de Cemento, S.A. (CNPC, S.A.) y
al Titular de la Empresa Nicaragüense de Electricidad (ENEL), a
suscribir toda la documentación necesaria para la formalización de
traslado de las Plantas Generadoras de la empresa Generadora San
Rafael, S.A., las que a partir de la fecha pasan a ser
administradas por ENEL.
Artículo 2. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir
de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa de Gobierno, a los doce días del
mes de junio del año dos mil ocho. DANIEL ORTEGA SAAVEDRA,
Presidente de la República de Nicaragua.- Paul Oquist
Kelley, Secretario Privado para Políticas Nacionales.
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