Autorización A La Lotería Nacional Para Donación Del 10 % De Las Utilidades A La Asociación Nicaragüense Pro-Derechos Humanos

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Administrativa Rango: Acuerdos Presidenciales - (AUTORIZACIÓN A LA LOTERÍA NACIONAL PARA DONACIÓN DEL 10 % DE LAS UTILIDADES A LA ASOCIACIÓN NICARAGÜENSE PRO-DERECHOS HUMANOS) ACUERDO PRESIDENCIAL No. 346-98. Aprobado el 8 de Septiembre de 1998. Publicado en La Gaceta No. 171 del 10 de Septiembre de 1998. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, En uso de las facultades que le confiere la Constitución Polílica de Nicaragua, HA DICTADO: El siguiente: ACUERDO: Artículo 1.- Con fundamento en el artículo 14 del Decreto 2-95 publicado en la Gaceta Diario Oficial No. 34 del 17 de Febrero de 1995, se autoriza a la Junta Directiva de la Lotería Nacional para que done el 10% de las utilidades obtenidas en el sorteo que determine dicha Junta, a la Asociación Nicaragüense Pro-Derechos Humanos, representada por su presidente, Monseñor Juan Abelardo Mata. Artículo 2.- El presente Acuerdo surte efectos a partir de esta fecha y deberá publicarse en la Gaceta Diario Oficial. Dado en la Ciudad de Managua, Casa Presidencial, el ocho de Septiembre de mil novecientos noventa y ocho.- ARNOLDO ALEMÁN LACAYO.- PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA.- OSCAR TENORIO HERNÁNDEZ.- NOTARIO PÚBLICO.- ASESOR LEGAL DE LA PRESIDENCIA. -