Autoriza Al Ministro De Hacienda Y Crédito Público Suscribir Con El Bcie Contrato De Préstamo No. 1733 Para Financiar Parcialmente Proyecto “Pavimentacion De La Carretera San Ramon – Muy Muy”
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Acuerdos Presidenciales
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(AUTORIZA AL MINISTRO DE
HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO SUSCRIBIR CON EL BCIE CONTRATO DE
PRÉSTAMO No. 1733 PARA FINANCIAR PARCIALMENTE PROYECTO
PAVIMENTACION DE LA CARRETERA SAN RAMON MUY MUY)
ACUERDO PRESIDENCIAL No. 291-2006, Aprobado el 23 de Junio
del 2006
Publicado en La Gaceta No. 131 del 06 de Julio del 2006
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que es prioridad del Gobierno de Nicaragua la creación de
infraestructura vial que permita reducir costos y disminuir los
tiempos de operación vehicular, como contribución al incremento de
la competitividad en el marco de la estrategia de crecimiento
económico y reducción de pobreza.
II
Que el Gobierno de Nicaragua ha solicitado al Banco Centroamericano
de Integración Económica (BCIE) financiar la ejecución del proyecto
Pavimentación de la Carretera San Ramón-Muy Muy, para facilitar
el desarrollo socio-económico de una zona con alto potencial
productivo y con conexión directa a la carretera que nos unirá con
la Costa Atlántica.
En uso de las facultades que le
confiere la Constitución Política
ACUERDA
Arto. 1.- Autorizar al Ministro de Hacienda y Crédito
Público, para que actuando en nombre y representación del Gobierno
de la República de Nicaragua, suscriba con el Banco Centroamericano
de Integración Económica (BCIE), el Contrato de Préstamo No. 1733
por un monto de Trece Millones Seiscientos Mil Dólares de los
Estados Unidos de América (US$ 13, 600,000.00), para financiar
parcialmente la ejecución del proyecto Pavimentación de la
Carretera San Ramón-Muy Muy.
Arto. 2.- La certificación de este Acuerdo acreditará la
representación del Ministro en la firma del Contrato de Préstamo
referido en el artículo anterior, cuyos términos han sido
previamente acordados entre el Ministerio de Hacienda y Crédito
Público (MHCP) y el Banco Centroamericano de Integración Económica
(BCIE).
Arto. 3.- El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de
esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el veintitrés de
junio del año dos mil seis. Enrique Bolaños Geyer,
Presidente de la República de Nicaragua.
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