Autoriza Al Ministro De Hacienda Y Crédito Público Para Que En Nombre Y Representación Del Gobierno De La República, Suscriba Con El Fondo Común Para Los Productos Básicos, Convenio De Préstamo
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Acuerdos Presidenciales
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(AUTORIZA AL MINISTRO DE
HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO PARA QUE EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DEL
GOBIERNO DE LA REPÚBLICA, SUSCRIBA CON EL FONDO COMÚN PARA LOS
PRODUCTOS BÁSICOS, CONVENIO DE PRÉSTAMO)
ACUERDO PRESIDENCIAL No. 568-2006, Aprobado el 21 de
Diciembre del 2006
Publicado en La Gaceta No. 5 del 08 de Enero del 2007
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que la actividad cafetalera, motor básico del desarrollo rural,
demanda transformaciones que le permitan mejorar su competitividad
en el mercado mundial, bajo los principios de sostenibilidad
económica, social y ambiental.
II
Que es necesario poner a disposición del sector cafetalero los
recursos necesarios para la renovación de la capacidad de
procesamiento del café, utilizando tecnologías compatibles con los
objetivos de protección y conservación de los recursos
naturales.
En uso de las facultades que le
confiere la Constitución Política,
ACUERDA
Artículo 1.- Autorizar al Ministro de Hacienda y Crédito
Público, para que actuando en nombre y representación del Gobierno
de la República de Nicaragua, suscriba con el Fondo Común para los
Productos Básicos Convenio de Préstamo por un monto de un millón
seiscientos mil dólares de los Estados Unidos de América (US$
1,600,000.00), para financiar el proyecto Rehabilitación Piloto
del Sector Cafetalero en Nicaragua.
Artículo 2.- La certificación de este Acuerdo acreditará la
representación del Ministro en la firma del Convenio relacionado en
el artículo anterior, cuyos términos han sido previamente acordados
entre el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP) y el Fondo
Común para los Productos Básicos.
Artículo 3.- El presente Acuerdo surte sus efectos a partir
de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el veintiuno de
diciembre del dos mil seis. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER,
Presidente de la República de Nicaragua.
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