Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Acuerdos Presidenciales
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(AUTORIZA AL MINISTRO DE
HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO A SUSCRIBIR CONVENIO DE
CRÉDITO)
ACUERDO PRESIDENCIAL No. 491-2006, Aprobado el 24 de Octubre
del 2006
Publicado en La Gaceta No. 216 del 07 de Noviembre del 2006
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que dentro del espíritu de amistad y colaboración que caracterizan
las relaciones entre el Reino de España y la República de
Nicaragua, el Reino de España, actuando a través del Instituto de
Crédito Oficial (ICO), aprobó el 28 de julio de 2006 la concesión
de un crédito a la República de Nicaragua con cargo al Fondo de
Ayuda al Desarrollo (FAD).
II
Que los fondos de dicho crédito servirán para financiar el
Suministro de cuatro embarcaciones para vigilancia de recursos
pesqueros, proyecto que ejecutará el Ministerio de Fomento,
Industria y Comercio (MIFIC).
En uso de las facultades que le
confiere la Constitución Política,
ACUERDA
Arto. 1.- Autorizar al Ministro de Hacienda y Crédito
Público, para que actuando en nombre y representación del Gobierno
de la República de Nicaragua, suscriba con el Instituto de Crédito
Oficial (ICO) del Reino de España, Convenio de Crédito por un
importe de diez millones novecientos cuarenta y cinco mil Euros
(EUR 10, 945,000.00), para financiar el proyecto Suministro de
cuatro embarcaciones para vigilancia de recursos pesqueros.
Arto. 2.- La certificación de este Acuerdo acreditará la
representación del Ministro en la firma del Convenio de Crédito
referido en el artículo anterior, cuyos términos han sido
previamente acordados entre el Ministerio de Hacienda y Crédito
Público y el Instituto de Crédito Oficial (ICO) del Reino de
España.
Arto. 3.- El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de
esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el veinticuatro de
octubre del dos mil seis. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, Presidente
de la República de Nicaragua.
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