Autoriza Al Ministro De Hacienda Y Crédito Público A Suscribir Con El Banco Centroamericano De Integración Económica Contrato De Préstamo Para Proyecto De Construcción De La Central Hidroeléctrica Larreynaga

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Administrativa Rango: Acuerdos Presidenciales - (AUTORIZA AL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO A SUSCRIBIR CON EL BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA CONTRATO DE PRÉSTAMO PARA PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DE LA CENTRAL HIDROELÉCTRICA LARREYNAGA) ACUERDO PRESIDENCIAL No. 503-2006, Aprobado el 09 de Noviembre del 2006 Publicado en La Gaceta No. 223 del 16 de Noviembre del 2006 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA CONSIDERANDO I Que la Energía Eléctrica es un factor determinante para el incremento de los niveles de competitividad de la nación y fundamento para la generación de empleo y el crecimiento económico. II Que el Gobierno de Nicaragua ha solicitado al Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE) financiar un Proyecto que incremente la oferta-energética con generación hidroeléctrica aprovechando el potencial existente en el Río Viejo. En uso de sus facultades que le confiere la Constitución Política, ACUERDA Arto. 1.- Se autoriza al Ministro de Hacienda y Crédito Público, para que actuando en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscriba con el Banco Centroamericano de integración Económica (BCIE), el Contrato de Préstamo No. 1820, por un monto de US$ 36,718.000.00 (Treinta y seis millones setecientos dieciocho mil dólares de los Estados Unidos de América), para financiar parcialmente la ejecución del Proyecto Construcción de la Central Hidroeléctrica Larreynaga. Arto. 2.- La Certificación de este Acuerdo acreditará la representación del Ministro en la firma del Contrato de Préstamo referido en el artículo anterior, cuyos términos han sido previamente acordados entre el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP) y el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE). Arto. 3.- El presente Acuerdo surtirá sus efectos a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el día nueve de noviembre del año dos mil seis. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, Presidente de la República de Nicaragua. -