Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Acuerdos Presidenciales
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APRUEBASE Y RATIFICASE
CONVENCIÓN SOBRE PREVENCIÓN Y CASTIGO DE DELITOS CONTRA PERSONAS
INTERNACIONALMENTE PROTEGIDAS Y AGENTES DIPLOMÁTICOS
Acuerdo No. 9 de 16 de diciembre de 1974
Publicado en la Gaceta No. 35 de 11 de febrero de 1975
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Acuerda:
Primero: Aprobar la "Convención sobre la Prevención y
Castigo de Delitos contra Personas Internacionalmente Protegidas,
inclusive los Agentes Diplomáticos" suscrita en la sede de la
Organización de las Naciones Unidas en la ciudad de Nueva York, por
el Plenipotenciario de Nicaragua el 29 de octubre de 1974.
Segundo: Someter dicho Convenio a la aprobación del Honorable
Congreso Nacional.
Comuníquese. Casa Presidencial. Managua, D.N., dieciséis de
diciembre de mil novecientos setenta y cuatro.- A. SOMOZA.-
El Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores,
Alejandro Montiel Argüello.
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