Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Finanzas Públicas
Rango: Acuerdos Presidenciales
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APRUÉBASE RESOLUCIÓN NO.
CD-13B-71 DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL BANCO CENTRAL RELATIVO A FONDOS
DE DEPÓSITOS DE AHORRO
ACUERDO No. 58-MEIC , Aprobado el 15 de abril de 1971
Publicado en La Gaceta No. 86 del 21 de abril de 1971
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA
CONSIDERANDO
Que el Arto. 43 de la Ley General de Bancos y de Otras:
Instituciones establece que los fondos provenientes de depósitos de
ahorro los invertirá n los Bancos de conformidad con las normas
generales que dictare el Poder Ejecutivo en el Ramo de Economía, a
iniciativa u oyendo la opinió n del Banco Central;
Que en su Sesión No. 25 de marzo de 1971, el Consejo Directivo
del Banco Central, al aprobar las Normas de Política Monetaria y
Crediticia para el ciclo agrícola 1971-72, entre otras cosas
resolvió que los bancos privados podrán otorgar créditos de consumo
y personales hasta por el equivalente al 20% del incremento de los
depósitos de ahorro de cada uno de ellos al 31 de diciembre de
1970, con un máximo individual de C$ 12,000.00 por persona
natural;
Que el Poder Ejecutivo encuentra apropiada esta resolución del
Banco Central, y por tanto debe darle su aprobación,
Por Tanto:
Acuerda:
Primero: Aprobar la Resolución No. CD-13B-71 del Consejo
Directivo del Banco Central de Nicaragua, tomada en sesión
celebrada el día veinticinco de marzo de mil novecientos setenta y
uno, en la parte a la que se refieren los considerandos del
presente Acuerdo.
Segundo: El presente Acuerdo surte sus efectos desde su
publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en Casa Presidencial. Managua, Distrito Nacional, a los
quince días del mes de abril de mil -novecientos setenta y uno.
-A. SOMOZA D., Presidente de la República. - Juan José
Martínez L., Ministro de Economía, Industria y Comercio.
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