Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Medio Ambiente y Recursos Naturales
Rango: Acuerdos Presidenciales
-
APOYO A LA ESTRATEGÍA DE
CONSERVACIÓN PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE,
ORDENAMIENTO AMBIENTAL DEL TERRITORIO Y PLAN DE ACCIÓN
FORESTAL
ACUERDO PRESIDENCIAL No 246-92. Aprobado el 7 de Septiembre
de 1992
Publicada en La Gaceta No. 177 del 16 de Septiembre de 1992
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA.
CONSIDERANDO:
l
Que el problema de la destrucción de los recursos naturales amenaza
con impedir el desarrollo socio-económico del país.
ll
Que el proceso de deforestación del país ocurre de una manera
acelerada y alarmante, a una tasa anual de 100, 000 hectáreas, lo
cual ha ocasionado que en los últimos cincuenta años, se hallan
destruído, sin nungún beneficio para el país el 50% de los bosques
de Nicaragua.
lll
Que el deterioro de los recursos naturales conlleva pérdidas
cuantiosas a la nación en términos de desperdicio de madera;
deterioro acelerado de cuencas hidrográficas; acentuada
irregularidad del régimen hídrico, acelerando el secamiento de
fuentes de agua, como ríos y lagunas; erosión y pérdida de la
fertilidad de los suelos y subsecuente disminución de la
productividad agrícola; destrucción de ecosistemas y del habitat
para el desarrollo de la fauna nativa, que es una fuente importante
alimenticia para la problación rural; pérdida de la biodiversidad
de especies de la flora y fauna; y cambios microclimáticos, entre
otros.
lV
Que de no tomarse las medidas urgentes para deterner el deterioro
ecológico y particularmente el avance de la frontera agrícola y
evitar el cambio de uso de la tierra de aptitud forestal para otros
fines y de no tomarse las decisiones necesarias de políticas,
legislación, créditos, incentivos, para subsanar esta situación, en
no más de 15 años habrán desaparecido los bosques productivos de
importancia económica del país.
V
Que el Gobierno de Nicaragua estuvo presente en la Conferencia de
las Naciones Unidas para el Medio Ambiente y Desarrollo, realizada
recientemente en Brasil donde se firmaron compromisos para
contribuir a la conservación de los recursos naturales del planeta.
Vl
Que el Gobierno de la República por Decreto Ejecutivo del 26 de
Junio de los corrientes estableció una moratoria forestal
indefinada para permitir la preparación y creación de las
condiciones para la aprobación del Plan de Acción Forestal de
Nicaragua.
POR TANTO:
En uso de sus facultades,
HA DICTADO:
El siguiente Acuerdo de :
Artículo 1.- Declarar la Estrategia de Conservación para el
Desarrollo Sostenible, el Plan de Ordenamiento Ambiental del
Territorio y el Plan de Acción Forestal, elaborados por el
Instituto Nicaragüense de Recursos Naturales y del Ambiente
(IRENA), con la participación de diferentes instituciones
estatales, municipales, civiles y no gubernamentales, como
prioritarios para lograr un desarrollo económico sostenible.
Manifestar el apoyo Gubernamental a estos documentos, que serán
considerados como principios fundamentales para la elaboración de
los planes de acción correspondientes.
Artículo 2.- Dar a conocer a todas las instituciones
gubernamentales la necesidad de armonizar sus políticas con estas
estrategias relacionadas a los recursos naturales, así como
fortalecer la coordinación con el Instituto Nicaragüense de
Recursos Naturales y del Ambiente, para llevar a cabo los planes
generales del Gobierno.
Artículo 3.- Solicitar a los pequeños, medianos y grandes
empresarios, organizaciones civiles, organismos no gubernamentales
y población en general apoyar decididamente las acciones y
proyectos derivados de estos Planes, dado los beneficios sociales,
económicos y ambientales que revisten para la población en
general.
Artículo 4.- Convocar a las Agencias Internacionales de
Cooperación a la Mesa de Donantes del Plan de Acción Forestal, que
se realizará en Managua del 25 al 27 de Noviembre de 1992, y
solicitar su apoyo y respaldo técnico y financiero para llevar a
cabo los programas, acciones y proyectos del Plan.
Artículo 5.- El presente Acuerdo surte sus efectos a partir
de esta fecha. Publíquese en el Diario Oficial, La Gaceta.
Dado en la Cuidad de Managua, Casa de la Presidencia, a los siete
días del mes de Septiembre de mil novecientos noventa y dos.-
VIOLETA BARRIOS DE CHAMORRO.- PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA.
-