Amplíase En Presupuesto Nacional Partida En Ramo De Obras Públicas

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Finanzas Públicas Rango: Acuerdos Presidenciales - AMPLÍASE EN PRESUPUESTO NACIONAL PARTIDA EN RAMO DE OBRAS PÚBLICAS No. 47, Aprobado el 27 de Febrero de 1970 Publicado en La Gaceta No. 58 del 10 de Marzo de 1970 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, A solicitud del señor Ministro de Obras Públicas, Ing. Alfonso Callejas Deshon, en su Oficio No. 6P-31/70 de 6 de Febrero en curso, y CONSIDERANDO: Que el primer párrafo del Artículo 58 de las Regulaciones Presupuestarias vigentes, dispone que ...Las dependencias gubernamentales que por razón de sus operaciones tengan que preparar especies fiscales, vender objetos o prestar servicios, podrán solicitar ampliación de las partidas asignadas para cubrir los gastos o trabajos indispensables, cuando aquéllas resultaren insuficientes en relación al producto o ingreso logrado o por lograrse... CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Obras Públicas, por medio del Departamento de Carreteras y en cooperación con la iniciativa privada, está llevando a cabo trabajos en la construcción de Caminos de Penetración, conforme Contratos suscritos con particulares, CONSIDERANDO: Que el Departamento de Carreteras, como Contratista de tales servicios, ha recibido de parte de los interesados, los fondos necesarios para la ejecución de las obras. CONSIDERANDO: Que los fondos recibidos por concepto de los Contratos mencionados, han sido debidamente depositados a la Orden del Gobierno, en su cuenta No. 1-14 "FONDOS EN DEPÓSITO, según nota de Crédito del Banco Central de Nicaragua, confirmada por el Tribunal de Cuentas, dándose cumplimiento a los Artículos 9 y 10 de las Regulaciones Presupuestarias vigentes, CONSIDERANDO Que de conformidad con lo expuesto por el Ministerio de Obras Públicas, los mencionados trabajos derivan la necesidad de una ampliación al Presupuesto del Departamento de Carreteras, para el pago de Jornales por Contratos, hasta por la suma de TRESCIENTOS MIL CÓRDOBAS NETOS (C$ 300,000.00). Con base en el Arto. 58, ya mencionado, ACUERDA: Único: Ampliase en el Presupuesto General de Gastos vigente, la siguiente Partida: 07-07-09-37-31 S. P. - Caminos de Producción y Mantenimiento SERVICIOS PERSONALES................................................................................C$ 250,000.00 Jornales: 32-0141 Corrientes..................................................................... C$ 225,000.00 32-0142 Por Séptimo día............................................................ 25,000.00 -------------------- MATERIALES Y SUMINISTROS................................................................. 50,000.00 Productos Químicos y Conexos 32-0362 Combustibles y Lubricantes......................................... C$ 35,000.00 Útiles y Otros Productos 32-0393 Repuestos y Accesorios............................................................15,000.00 ----------------------------------------------- Total.................................................................C$ 300,000.00 =========== Comuníquese. Casa Presidencial. Managua, D. N., 27 de Febrero de 1970. - (f) A. SOMOZA, Presidente de la República. (f) ROBERTO MARTÍNEZ LACAYO, Ministro de Hacienda, y Crédito Público, por la Ley. -