Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Acuerdos Presidenciales
-
(ADHESIÓN DEL INSTITUTO
INTERNACIONAL AMERICANA DE PROTECCIÓN A LA INFANCIA)
ACUERDO PRESIDENCIAL NO. 2 Aproaba el 23 de Abril de
1948
Publicado en La Gaceta No.93 del 3 de Mayo de 1948
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
Considerando:
Que en el II Congreso Americano del Niño celebrado en Montevideo en
1919, se propuso la creación de una Oficina Internacional Americana
de Protección a la Infancia, que se le dio forma en el IV Congreso
Panamericano del Niño celebrado en Santiago de Chile en 1924, donde
fueron aprobados los primeros Estatutos y modificación de la
designación de la Organización llamándole Instituto Internacional
Americano de Protección a la Infancia, fijando la ciudad de
Montevideo como cede del Instituto.
Considerando:
Que el Instituto se ha venido desarrollando progresivamente con el
concurso de los países americanos que se han adherido, cumpliendo
con los nobles fines que se trazado,
Considerando:
Que la Conferencia Interamericana sobre Problemas de la guerra y de
la Paz, celebrada en México en 1945, recomendó la adhesión al
Instituto de los países que aún no lo habían hecho y siendo
Nicaragua uno de esos países.
Acuerda:
Primero.- Adherirse al Instituto Internacional Americano de
Protección a la Infancia, cuya cede es la ciudad de Montevideo y
someter esta adhesión al conocimiento del Congreso Nacional para
los fines constitucionales.
Segundo:- Comunicar esta adhesión a la Cancillería de la
República Oriental de Uruguay y al Instituto Internacional
Americano de Protección a la Infancia, de acuerdo con el Artículo
1º de los Estatutos.
Tercero:- Esta adhesión surtirá sus efectos a partir del
primero de julio próximo.
Comuníquese.- Casa Presidencial.- Managua, D.N., veintitrés de
Abril de mil novecientos cuarenta y ocho.- V.M.ROMAN.- El
Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores por la
Ley, Oscar Sevilla Sacaza.
-