Acuerdo Por El Que Se Dispone Que Los Telegramas Escritos En Inglés, Francés, Alemán, Italiano Y Portugués, Paguen Igual Tarifa Á Los Escritos En Español

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Telecomunicaciones Rango: Acuerdos Presidenciales - ACUERDO POR EL QUE SE DISPONE QUE LOS TELEGRAMAS ESCRITOS EN INGLÉS, FRANCÉS, ALEMÁN, ITALIANO Y PORTUGUÉS, PAGUEN IGUAL TARIFA Á LOS ESCRITOS EN ESPAÑOL Aprobado el 9 de Marzo de 1892 Publicado en La Gaceta No. 21 del 12 de Marzo de 1892 El Gobierno, con el propósito de favorecer los intereses del público, en uso de sus facultades acuerda: Art. 1º.- Los telegramas escritos en inglés, francés, alemán, italiano y portugués, pagarán igual tarifa que los escritos en español, fijándose desde luego diez letras como máximum de cada palabra. Exceptuánse los escritos en clave, que serán computados á razón de tres letras ó números por palabra. Art. 2º.- Quedan derogados los Arts. 62 y 63 del Reglamento de Telégrafos. Comuníquese- Managua: 9 de marzo de 1892.- Sacasa.- El Ministro de la Gobernación.- Rizo. -