Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Medio Ambiente y Recursos Naturales
Rango: Acuerdos Presidenciales
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ACUERDO POR EL QUE SE DISPONE LA
SIEMBRA TABACO CHILCAGRE
ACUERDO PRESIDENCIAL, Aprobado, el 8 de Julio de 1893
Publicado en La Gaceta No. 52 del
15 de Julio de 1893
El Gobierno acuerda: la siembra de chilcagre en el corriente año
será de seis millones de matas de las cuales cuatro millones
corresponderán á la ciudad de Masaya, y dos millones á la de
Masatepe.
La Factoría de la Renta señalará las zonas en que debe hacerse la
siembra y celebrará los contratados en cantidades que no bajen de
cincuenta mil matas.
Comuníquese Managua, 8 de julio de 1893 Machado El
Ministro de Hacienda Gómez.
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