Acuerdo Por El Cual Se Dispone Que El Superintendente De Los Vapores Nacionales, Tenga La Vigilancia En Las Secciones Del Ferrocarril

Descarga el documento

Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Transporte Rango: Acuerdos Presidenciales - ACUERDO POR EL CUAL SE DISPONE QUE EL SUPERINTENDENTE DE LOS VAPORES NACIONALES, TENGA LA VIGILANCIA EN LAS SECCIONES DEL FERROCARRIL ACUERDO PRESIDENCIAL, Aprobado el 29 de Agosto de 1893 Publicado en La Gaceta No. 64 del 2 de Septiembre de 1893 La Junta de Gobierno: Considerando Que es indispensable para el mejor servicio del ferrocarril y vapores nacionales, que haya un centro superior que vigile y organice toda la empresa, acuerda: El Superintendente de los vapores nacionales tendrá la vigilancia superior en las Secciones del ferrocarril, las funciones del Superintendente (ILEGIBLE PARTE DEL PARRAFO) y gozará por todo sueldo (ILEGIBLE) pesos mensuales. Comuníquese  Managua 29 de Agosto de 1893  Zelaya  Ortiz  El Ministro de Fomento  Gámez. -