Acuerdo, Mandando Que Los Vendedores De Licores Extranjeros Rindan Fianza

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Empresa Industria y Comercio Rango: Acuerdos Presidenciales - ACUERDO, MANDANDO QUE LOS VENDEDORES DE LICORES EXTRANJEROS RINDAN FIANZA Aprobado el 6 de Diciembre de 1869 Publicado en La Gaceta No. 50 del 11 de Diciembre de 1869 El Gobierno: En uso de sus facultades, Decreta: 1º. Los vendedores de licores fuertes extranjeros, deberán rendir una fianza equivalente al valor de la especie que se les entregue para realizarla. 2º. Esta resolución es comprensiva á todo nombramiento que el Gobierno hubiere hecho con ese objeto desde el 1º. de julio último. 3º. Queda abrogada cualquiera otra disposición que se oponga al presente. Managua, diciembre 6 de 1869. Guzmán. El Ministro de Hacienda. Sáenz. -