Acta De Canje De Los Instrumentos De Ratificación De La Convención Para El Establecimiento De La Radiocomunicación Entre La República De Dominicana Y La República De Nicaragua

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Relaciones Internacionales Rango: Acuerdos Presidenciales - ACTA DE CANJE DE LOS INSTRUMENTOS DE RATIFICACIÓN DE LA CONVENCIÓN PARA EL ESTABLECIMIENTO DE LA RADIOCOMUNICACIÓN ENTRE LA REPÚBLICA DE DOMINICANA Y LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Aprobado el 17 de Junio de 1949 Publicado en La Gaceta No. 5 del 12 de Enero de 1950 El día 10 de Diciembre del año 1949 se han reunido en uno de los salones de la Secretaria de Estado de Relaciones Exteriores, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, el Licenciado Virgilio Díaz Ordóñez, Secretario de Estado de Relaciones Exteriores, y Su Excelencia el Señor Coronel G. N. Guillermo Rivas Cuadra, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Nicaragua, para proceder, en sus calidades respectivas de Plenipotenciarios de los Gobiernos dominicano y nicaragüense, al canje de los instrumentos de ratificación de la convención para el establecimiento de la Radiocomunicación entre la República Dominicana y la República de Nicaragua que fuè concluido y firmado en Ciudad Trujillo, el día 17 de Junio de 1949, por los Plenipotenciarios de ambos países. Después de haber examinado cuidadosamente los instrumentos respectivos de las ratificaciones y de haberse encontrado exactos y conformes, los citados Plenipotenciarios han procedido al canje correspondiente en la forma acostumbrada, quedando depositado en la Secretaria de Estado de Relaciones Exteriores de la República Dominicana el instrumento de ratificación expedido por el Gobierno de la República de Nicaragua, y habiendo recibido el Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de este país el instrumento de ratificación expedido por el Gobierno de la República de Nicaragua, y habiendo recibido el Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de este país el instrumento de ratificación expedido por el Gobierno de la República Dominicana En fè de lo cual han levantado la presente Acta que firman ambos Plenipotenciarios, habiéndose aplicado los sellos respectivos. Sello.- (f) VIRGILIO DÍAZ ORDÓÑEZ. Sello.- (f) Guillermo Rivas Cuadra. -