Acta De Canje De Los Instrumentos De Ratificación De La Convención Para El Establecimiento De La Radiocomunicación Entre La República De Dominicana Y La República De Nicaragua
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Acuerdos Presidenciales
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ACTA DE CANJE DE LOS
INSTRUMENTOS DE RATIFICACIÓN DE LA CONVENCIÓN PARA EL
ESTABLECIMIENTO DE LA RADIOCOMUNICACIÓN ENTRE LA REPÚBLICA DE
DOMINICANA Y LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
Aprobado el 17 de Junio de 1949
Publicado en La Gaceta No. 5 del 12 de Enero de 1950
El día 10 de Diciembre del año 1949 se han reunido en uno de los
salones de la Secretaria de Estado de Relaciones Exteriores, en
Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República
Dominicana, el Licenciado Virgilio Díaz Ordóñez, Secretario de
Estado de Relaciones Exteriores, y Su Excelencia el Señor Coronel
G. N. Guillermo Rivas Cuadra, Embajador Extraordinario y
Plenipotenciario de la República de Nicaragua, para proceder, en
sus calidades respectivas de Plenipotenciarios de los Gobiernos
dominicano y nicaragüense, al canje de los instrumentos de
ratificación de la convención para el establecimiento de la
Radiocomunicación entre la República Dominicana y la República de
Nicaragua que fuè concluido y firmado en Ciudad Trujillo, el día 17
de Junio de 1949, por los Plenipotenciarios de ambos países.
Después de haber examinado cuidadosamente los instrumentos
respectivos de las ratificaciones y de haberse encontrado exactos y
conformes, los citados Plenipotenciarios han procedido al canje
correspondiente en la forma acostumbrada, quedando depositado en la
Secretaria de Estado de Relaciones Exteriores de la República
Dominicana el instrumento de ratificación expedido por el Gobierno
de la República de Nicaragua, y habiendo recibido el Embajador
Extraordinario y Plenipotenciario de este país el instrumento de
ratificación expedido por el Gobierno de la República de Nicaragua,
y habiendo recibido el Embajador Extraordinario y Plenipotenciario
de este país el instrumento de ratificación expedido por el
Gobierno de la República Dominicana
En fè de lo cual han levantado la presente Acta que firman ambos
Plenipotenciarios, habiéndose aplicado los sellos
respectivos.
Sello.- (f) VIRGILIO DÍAZ ORDÓÑEZ.
Sello.- (f) Guillermo Rivas Cuadra.
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