Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Finanzas Públicas
Rango: Acuerdos Ministeriales
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(TRANSPARENCIA DE ACCIONES AL
FONDO DE CREDITO RURAL)
ACUERDO MINISTERIAL No.. 41-2000, Aprobado el 25 de
Septiembre 2000
Publicado en La Gaceta No.190 del 09 de Octubre del 2000
EL MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA
En uso de sus facultades.
ACUERDA:
PRIMERO: Procédase a transferir al Fondo de Crédito Rural,
las acciones No. 54 y 55 de la Bolsa Agropecuaria S.A, que
pertenecieron al extinto Banco Nacional de Desarrollo, y que hoy
son propiedad del Ministerio de Hacienda y Crédito Público por
traslado de cartera y otros activos según Decreto Ejecutivo No,
48-97, APOYO Y RESPALDO A LOS DEPOSITANTES DEL BANCO NACIONAL DE
DESARROLLO, publicado en la Gaceta No, 161 del 25 de Agosto de
1997.
SEGUNDO: Cada una de las acciones tienen un valor nominal de
C$ 5,000.00 (CINCO MIL CÓRDOBAS). Estas acciones servirán para que
el Fondo de Crédito Rural establezca un Puesto de Bolsa-
TERCERO: El Fondo de Crédito Rural no podrá vender, ceder o
traspasar el dominio y/o posesión legal de estas acciones sin la
autorización expresa por escrito del Ministerio de Hacienda y
Crédito Público.
CUARTO: El presente Acuerdo surte efecto a partir de esta
fecha y deberá publicarse en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los veinticinco días del mes de
Septiembre del año dos mil.- ESTEBAN DUQUE ESTRADA, Ministro
de Hacienda y Crédito Público
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