Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Finanzas Públicas
Rango: Acuerdos Ministeriales
-
(TASA DEL
IMPUESTO SELECTIVO DE CONSUMO)
ACUERDO No. 16, Aprobado el
06 de marzo de 1989
Publicado en La Gaceta No. 181 del 26 de septiembre de 1989
EL MINISTERIO DE FINANZAS DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
En uso de las facultades que le otorga el Arto. 6 inciso a) del
Decreto No. 1532 publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 249
del 27 de Diciembre de 1984.
Acuerda:
Primero: Suprimir la tasa del Impuesto Selectivo de Consumo
Anexo I, para la importación de las mercancías clasificables en la
siguiente posición arancelaria.
NAUCA II DESCRIPCION ISC
ANEXO I
87.10 00.00 Velocípedos sin motor (incluidos los triciclos de
Reparto E
y similares)
Segundo: El presente Acuerdo entrará en vigor a partir de su
publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los seis días del mes de Marzo de
mil novecientos ochenta y nueve. - Silvio Vargas Guzmán
Ministro por la Ley.
-