Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Laboral y Seguridad Social
Rango: Acuerdos Ministeriales
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SOBRE LA CREACIÓN DE LA UNIDAD
ADMINISTRATIVA DE HIGIENE Y SEGURIDAD A NIVEL NACIONAL
ACUERDO MINISTERIAL VGC-AM-0009-03-06, Aprobado el 15 de
Marzo del 2006
Publicado en La Gaceta No. 84 del 02 de Mayo del 2006
El Ministro del Trabajo, en uso de las facultades que le confiere
el Artículo No. 23 y 239 de las Reformas e Incorporaciones al
Reglamento de la Ley 290, Ley de Organización, Competencia y
Procedimientos del Poder Ejecutivo publicado en La Gaceta, Diario
Oficial No. 01 del día dos de Enero del año dos mil dos, y los
artículos 263, 264 y 265 de la Ley 185, Código del Trabajo, dicta
el siguiente Acuerdo Ministerial.
CONSIDERANDO
I
Que el artículo 82, inciso 4 de la Constitución, reconoce el
Derecho de los Trabajadores acondiciones de trabajo que garanticen
la integridad física, la salud, la higiene y la disminución de los
riesgos profesionales para hacer efectiva la seguridad ocupacional
del trabajador.
II
Que dicho precepto Constitucional trae consigo la necesidad que las
instituciones del Estado desarrollen una política preventiva para
preservar la seguridad y la salud de los trabajadores en sus
lugares de trabajo.
III
De acuerdo con la estructura Organizativa y Competencias del
Ministerio del Trabajo establecidas en la Ley 290, Ley de
Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo y en
los artículos 239, 240 y 241 del Reglamento a la Ley 290,
corresponde a la Dirección General de Higiene y Seguridad del
Trabajo, desarrollar las políticas y actividades de prevención de
los riesgos laborales en los centros de trabajo de todos los
sectores económicos del país.
IV
Que para consolidad la paz social y asegurar la efectiva y práctica
aplicación de la Legislación Laboral en materia de Higiene y
Seguridad y extender a nivel local la atención de los riesgos
laborales, tendientes a establecer un adecuado nivel de protección
para los trabajadores, se requiere fortalecer la presencia del
Programa de Higiene y Seguridad del Trabajo.
POR TANTO
RESUELVE:
Crear la Unidad Administrativa de Higiene y Seguridad en todas las
cabeceras departamentales y en las dos regiones Autónomas del país,
RAAN y RAAS.
Dado en la ciudad de Managua, a los quince días del mes de Marzo
del año dos mil seis. Virgilio Gurdián C., Ministro.
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