Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Medio Ambiente y Recursos Naturales
Rango: Acuerdos Ministeriales
-
(RESTABLECIMIENTO Y ADECUACIÓN
UNIDAD COORDINADORA DEL PROGRAMA SOCIOAMBIENTAL Y DE DESARROLLO
FORESTAL II)
ACUERDO MINISTERIAL No. 10-2001, Aprobado el 22 de
Noviembre del 2001
Publicado en La Gaceta No. 9 del 15 de Enero del 2002
MINISTERIO DEL AMBIENTE Y RECURSOS
NATURALES MARENA
El Ingeniero Roberto Stadthagen Vogl con cédula No.
001-250838-0010D, Ministro del Ambiente y Recursos Naturales
(MARENA), en uso de las facultades que le confiere el Decreto No.
1-94, Ley Creadora del Ministerio del Ambiente y los Recursos
Naturales, Publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 6 del diez de
Enero de mil novecientos noventa y cuatro.
CONSIDERANDO
I
Que el Programa Socio ambiental de Desarrollo Forestal (POSAF I),
creado como una respuesta a la problemática del inadecuado manejo
de los recursos naturales y degradación ambiental en Nicaragua,
tuvo un impacto exitoso en la introducción de sistemas productivos
más acordes con la conservación y manejo de los recursos naturales
en cuencas prioritarias del país, generando mayores ingresos para
los productores participantes del Programa y sus familias.
II
Que el Banco Interamericano para el Desarrollo (BID) ha otorgado a
la República de Nicaragua a través de MARENA como organismo
ejecutor, un financiamiento en condiciones blandas para la
ejecución del PROGRAMA SOCIOAMBIENTAL Y DESARROLLO FORESTAL II
(1084/SF-NI) conceptualizando como un programa para el desarrollo
sostenible de los recursos naturales en cuencas priorizadas e
instrumento facilitador que permita consolidar el cambio cultural
con la instauración de un modelo de desarrollo económico sostenible
y de conservación de los recursos naturales en las cuencas
prioritarias del país.
III
Que para el desarrollo del POSAF I, el MARENA creó una Unidad
Coordinadora para la ejecución del Programa, órgano vital que se
desempeñó en forma exitosa, sin embargo para la segunda fase del
programa (POSAF II) se requiere una adecuación de esta unidad para
atender la demanda creciente de participantes con eficiente
seguimiento, capacitación y asistencia técnica.
IV
Que la Unidad Coordinadora del POSAF II, requiere de un órgano de
soberanía interna.
RESUELVE
PRIMERO: Se restablece y se adecua la UNIDAD COORDINADORA
DEL PROGRAMA SOCIOAMBIENTAL Y DE DESARROLLO FORESTAL II (POSAF II,
1084-SF/NI), como un órgano subordinado directamente del Ministro
del MARENA, con el objeto de continuar la contribución al
desarrollo socio-económico y la sostenibilidad de los recursos
naturales renovables, iniciada en el POSAF I, retomando sus
objetivos, alcances, metas y acciones.
SEGUNDO: Créase el órgano superior de la Unidad
Coordinadora (UCP) el COMITÉ DIRECTIVO NACIONAL (CDN), a quien le
corresponden las siguientes funciones: (i) aprobar los planes
operativos anuales, presupuesto y reglamento operativo del
Programa, (ii) supervisar las labores de la UCP y avance del
Programa, (iii) aprobar como última instancia los proyectos
presentados por los Organismos Coejecutores y (iv) mantener una
estrecha coordinación con las instituciones del sector y resolver
como última instancia cualquier problema que surgiese entre EL
PROGRAMA y los Coejecutores o instituciones participantes. Este
COMITÉ DIRECTIVO NACIONAL se constituirá con seis miembros,
conformado de la forma siguiente:
- El Ministro de MARENA, quien lo presidirá.-
- El Director del INAFOR.
- Un representante del IDR.
- Un representante de AMUNIC
- Dos representantes del sector privado, (OCES) nombrados por el
Ministro del MARENA en base a una lista de cinco nombres propuestos
por la Dirección de la UCP.
- El Director de la UCP.
- El Director de la UCP, quien actuará como Secretario del
CDN.
TERCERO: Publíquese el presente Acuerdo en un Diario de
Circulación nacional, sin perjuicio de su última publicación en el
Diario La Gaceta.
Dado en la ciudad de Managua, a los 22 días del mes de Noviembre
del año 2001. ROBERTO STADTHAGEN VOGL, Ministro.
-