Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Finanzas Públicas
Rango: Acuerdos Ministeriales
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(RESELLO DE TIMBRES Y
AUTORIZACIÓN DE EMISIÓN DE PAPEL SELLADO)
ACUERDO MINISTERIAL No. 28. Aprobado el 5 de Julio de
1988.
Publicado en La Gaceta No. 157 del 19 de Agosto de 1988.
EL MINISTRO DE FINANZAS
En uso de sus facultades que le confiere el Arto. 3 del Decreto No.
136 del 11 de Noviembre de 1985, publicado en La Gaceta Diario
Oficial, No. 229 del 28 de Noviembre de 1985 (Ley de Impuesto de
Timbres)
ACUERDA:
Artículo 1o: Autorízase un Complemento de Resello de Timbres
Fiscales correspondiente al Año 1988, de diferentes denominaciones
con un valor total de Treinta y Nueve Millones de Córdobas Netos
(C$ 39,000.000.00), conforme el siguiente detalle:
CANTIDAD
200.000 Timbres del Valor de C$ 10.00 c/u C$ 2,000.000.00
200.000 15.00 3,000.000.00
200.000 25.00 " 5,000.000.00
50.000 500.00 " 25,000.000.00
4.000 1.000.00 " 4,000.000.00
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Suman C$ 39,000.000.00
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Artículo 2o: Se autoriza una emisión de Un Millón Quinientas
Mil (1,500.000) Hojas de Papel Sellado Serie "F", del No. 000.001
al 1,500.000, con valor de Veinticinco Córdobas Netos (C$ 25.00)
cada hoja.
Artículo 3o: Se autoriza la revaluación efectiva del Papel
Sellado Serie "C" del No. 2980000 al 3000000 y del 797001 al
1000000 de hojas y pliegos, al valor de Cinco Córdobas Netos (C$
5.00) y Diez Córdobas Netos (C$ 10.00) cada uno respectivamente,
conforme Decreto No. 372 del 6 de Junio de 1988.
Artículo 4o: Todas las numeraciones del Papel Sellado Serie
"C" que no estén incluídas en el Arto. 3 del presente Acuerdo, se
deberá adherirles Timbres Fiscales para complementar su valor
legal.
Artículo 5o: El presente Acuerdo surtirá sus efectos, a
partir de su fecha sin perjuicio de su publicación posterior en La
Gaceta Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua a los cinco días del mes de Julio de
mil novecientos ochenta y ocho. - WILLIAM HÜPER ARGÜELLO,
Ministro de Finanzas.
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