Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Empresa Industria y Comercio
Rango: Acuerdos Ministeriales
-
(PUBLICAR APROBACIÓN DE
RESOLUCIÓN No. 244-2009 COMIECO EX)
ACUERDO MINISTERIAL No. 031-2009, Aprobado el 30 de Junio de
2009
Publicada en La Gaceta No. 176 del 18 de Septiembre de 2009
El Ministro de Fomento, Industria y Comercio
CONSIDERANDO:
I
Que el Protocolo al Tratado Genera de Integración Económica
Centroamericana (Protocolo de Guatemala), en sus artículos 36, 37 y
55 establece que el Subsistema de Integración Económica será
impulsado y perfeccionado por los actos efectuados por los órganos
creados mediante el Protocolo de Tegucigalpa y el presente
Instrumento, los que serán formulados a través de Resoluciones,
Reglamentos, Acuerdos y Recomendaciones, en los que serán
detallados los órganos e instituciones que comprende el Subsistema
de Integración Económica.
II
Que de conformidad con el artículo 55 del Protocolo al Tratado
General de Integración Económica Centroamericana-Protocolo de
Guatemala los actos administrativos del Subsistema de Integración
Económica se expresarán en Resoluciones, Reglamentos, Acuerdos y
Recomendaciones, los que serán actos obligatorios mediante los
cuales, el Consejo de Ministros de Integración Económica (COMIECO);
adoptará decisiones referentes a asuntos internos del Subsistema,
tales como los relativos al funcionamiento de los órganos y el
seguimiento de políticas institucionales de la integración
económica.
III
Que el numeral 7 del artículo 55 del Protocolo de Guatemala
establece que las Resoluciones, Reglamentos y Acuerdos deberán
publicarse por los Estados Parte
IV
Con fundamento en el artículo V del Tratado General de Integración
Económica Centroamericana; 1, 3, 6, 7, 10, 15, 16, 36, 37, 38, 39,
46, 52, y 55 del Protocolo al Tratado General de Integración
Económica Centroamericana- Protocolo de Guatemala; 19, 20, 20, Bis,
y 32 y 32 Bis del Reglamento de Organización y Funcionamiento de
los Consejos: de Ministros de Integración Económica, Intersectorial
de Ministros de Integración Económica y Sectorial de Ministros de
Integración Económica; 1, 3, 4, 6, 7, 10, 12, 13, 14, 15, 17, 18,
22, y 23 del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero
Centroamericano; 5, 6 y 128 del Código Aduanero Uniforme
Centroamericano; y 32 incisos 1 y 2 del Reglamento Centroamericano
sobre el Origen de las Mercancías.
POR TANTO:
En uso de las facultades, que le confiere el artículo 22 de la Ley
290, Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder
Ejecutivo, su Reglamento y Reformas; el artículo 138 de la Ley
453, Ley de Equidad Fiscal, y el Acuerdo Presidencial No.
272-2007, Publicado en La Gaceta Diario Oficial No. 118 del 22 de
Junio del 2007.
ACUERDA:
PRIMERO: Publicar en La Gaceta, Diario Oficial, Resolución No.
244-2009 (COMIECO)-EX), Resolución No. 245-2009
(COMIECO-EX), Resolución No. 246-2009 (COMIECO EX),
Resolución No. 247-2009 (COMIECO-EX), Resolución No.
248-2009 (COMIECO EX) las que se darán a conocer en la página
Web del Ministerio de fomento, Industria y Comercio (MIFIC)
www.mific.gob.ni.
SEGUNDO: El presente Acuerdo Ministerial, se dará a conocer a los
Gobiernos Centroamericanos y a la Secretaría Integración Económica
Centroamericana (SIECA).
TERCERO: El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a
partir de su publicación en La Gaceta Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los treinta días del mes de junio
del año dos mil nueve. Orlando Solórzano Delgadillo,
Ministro.
-