Publicación En La Gaceta, Diario Oficial, Resolución N° 228-2008 (Comieco), Prórroga Del Inicio De Vigencia Del Reglamento Técnico Centroamericano Rtca

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Empresa Industria y Comercio Rango: Acuerdos Ministeriales - (PUBLICACIÓN EN LA GACETA, DIARIO OFICIAL, RESOLUCIÓN N° 228-2008 (COMIECO), PRÓRROGA DEL INICIO DE VIGENCIA DEL REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO RTCA) ACUERDO MINISTERIAL N° 038-2008. Aprobado el 04 de Junio del 2008 Publicado en La Gaceta N° 135 del 16 de Julio del 2008 El Ministro de Fomento, Industria y Comercio CONSIDERANDO I Que el Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana (Protocolo de Guatemala), en sus artículos 36, 37 y 55 establece que el Subsistema de Integración Económica será impulsado y perfeccionado por los actos efectuados por los órganos creados mediante el Protocolo de Tegucigalpa y el presente Instrumento, los que serán formulados a través de Resoluciones, Reglamentos, Acuerdos y Recomendaciones, en los que serán detallados los órganos e instituciones que comprende el Subsistema de Integración Económica. II Que de conformidad con el artículo 55 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana -Protocolo de Guatemala- los actos administrativos del Subsistema de Integración Económica se expresarán en Resoluciones, Reglamentos, Acuerdos y Recomendaciones, los que serán actos obligatorios mediante los cuales, el Consejo de Ministros de Integración Económica (COMIECO); adoptará decisiones referentes a asuntos internos del Subsistema, tales como los relativos al funcionamiento de los órganos y el seguimiento de políticas institucionales de la integración económica. III Que el numeral 7 del artículo 55 del Protocolo de Guatemala establece que las Resoluciones, Reglamentos y Acuerdos deberán publicarse por los Estados Parte. IV Con fundamento en los artículos V del Tratado General de Integración Económica Centroamericana; 1, 3, 7, 15, 26, 30, 36, 37, 38, 42, 46 y 55 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana - Protocolo de Guatemala. POR TANTO: En uso de las facultades, que le confiere el artículo 22 de la Ley 290, "Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo", su Reglamento y Reformas; el artículo 138 de la Ley 453, "Ley de Equidad Fiscal" y el Acuerdo Presidencial No. 272-2007, Publicado en la Gaceta Diario Oficial No. 118 del 22 de Junio del 2007. ACUERDA: PRIMERO: Publicar en La Gaceta, Diario Oficial, Resolución No. 228-2008 (COMIECO) Prórroga del inicio de vigencia del Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 11.03.39:06 Productos Farmacéuticos. Reglamento de Validación de Métodos Analíticos para la Evaluación de la Calidad de los Medicamentos. Las que también se darán a conocer en la página Web del Ministerio de Fomento, Industria y Comercio (MIFIC) www.mific.gob.ni SEGUNDO: El presente Acuerdo Ministerial, se dará a conocer a los Gobiernos Centroamericanos y a la Secretaría de Integración Económica Centroamericana (SIECA). TERCERO: El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, a los cuatro días del mes de junio del año dos mil ocho. ORLANDO SOLÓRZANO, Ministro. -