Prorroga A Los Concesionarios De Depósitos Públicos Y Privados

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Empresa Industria y Comercio Rango: Acuerdos Ministeriales - (PRORROGA A LOS CONCESIONARIOS DE DEPÓSITOS PÚBLICOS Y PRIVADOS) ACUERDO MINISTERIAL No. 30-2000, aprobado el 21 de Junio del 2000 Publicado en La Gaceta No. 120, del 24 de Junio del 2000 EL MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA PRIMERO: Prorrogar hasta el día veintiuno de julio del corriente año, como fecha tope para la presentación a la Dirección General de Aduanas por parte de los concesionarios de Depósitos Públicos y Privados, de la garantía actualizada conforme el monto establecido el Acuerdo Ministerial 19-2000, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 104 del 2 de junio del corriente año, así como para importar definitivamente o trasladar a un depósito de Aduana Público las mercancías que se encuentren en los Depósitos de Aduanas Privados que no califican conforme el numeral primero del referido Acuerdo Ministerial. SEGUNDO: Autorizar a la Dirección General de Aduanas para que establezca un procedimiento ágil para el despacho aduanero de las mercancías de difícil manejo que importan los medios de comunicación social escritos, exentas del pago de derechos e impuestos a la importación conforme lo dispuesto en la Constitución política y la Ley de Justicia Tributaria y Comercial, su reforma y Anexo B. TERCERO: El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de esta fecha, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintiún días del mes de junio del año dos mil.- ESTEBAN DUQUE ESTRADAS.- Ministro de Hacienda y Crédito Público. -