Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Finanzas Públicas
Rango: Acuerdos Ministeriales
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MODIFICAR EN
CÓRDOBAS ORO LOS ARANCELES POR SERVICIOS DE TRÁNSITO
ACUERDO MINISTERIAL No.
25-91, Aprobado el 05 de Marzo de 1990
Publicado en La Gaceta No. 155 del
21 de Agosto de 1991
EL MINISTRO DE FINANZAS DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades,
Acuerda:
Primero: Modificar en Córdobas Oro los Aranceles por
servicios de tránsito que deberán enterarse al Estado, como se
detalla en los siguientes incisos:
a)Permiso múltiple de salida de vehículo del país C$ 200.00
b) Permiso ordinario de salida de vehículo del país C$ 40.00
c) Emisión de Licencia de Conducir C$ 50.00
d) Reposición de Licencia de Conducir por pérdida o deterioro C$
25.00
e) Reposición de Licencia de Conducir por cambio de características
C$ 25.00
f) Cambio de categoría en la Licencia de Conducir por categoría C$
25.00
g) Cambio de domicilio en la Licencia de Conducir C$ 25.00
h) Permiso para realizar cambio en el vehículo C$ 25.00
i) Permiso provisional para circular C$ 25.00
j) Permiso provisional de cualquier clase C$ 25.00
k) Constancia de registro C$ 25.00
Segundo: El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia
a partir de la fecha de su publicación por cualquier medio de
comunicación colectiva, sin perjuicio de su posterior publicación
en "La. Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la Ciudad de Managua, a los cinco días del mes de Marzo de
mil novecientos noventa. - Emilio Pereira Alegría. Ministro
de Finanzas.
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