Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Finanzas Públicas
Rango: Acuerdos Ministeriales
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MODIFICAR EN CÓRDOBAS ORO LA
TARIFA PROGRESIVA DEL IPN
ACUERDO MINISTERIAL No. 27-91, Aprobado el 05 de Abril de
1991
Publicado en La Gaceta No. 156 del 22 de Agosto de 1991
EL MINISTRO DE FINANZAS DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades,
Acuerda:
Primero: Modificar en Córdobas (Oro) la tarifa progresiva
establecida en el Arto. 15 de la Ley de Impuesto sobre Patrimonio
Neto y sus Reformas, de la siguiente manera:
Estratos Córdobas Sobre
de C$ Oro A C$ Oro Oro + % Exceso de
0 25,000.00 0%
25,001.00 100,000.00 1.5% 25,000.00
100,001.00 400,000.00 1,125.00 2.0% 100,000.00
400,001.00 A más 7,125.00 2.5% 400,000.00
La presente tarifa progresiva será aplicable a partir del período
fiscal 1990-1991.
Segundo: El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia
a partir de su publicación, por cualquier medio de comunicación
colectiva sin perjuicio de su posterior publicación en "La Gaceta,
Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los cinco días del mes de Abril de
mil novecientos noventa y uno. - Leonel Rodríguez López.
Ministro de Finanzas en Funciones.
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