Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Finanzas Públicas
Rango: Acuerdos Ministeriales
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(MODIFICAR EL MONTO DE LA
DEDUCCIÓN PERSONAL DE LA RENTA NETA)
ACUERDO MINISTERIAL No. 07. Aprobado el 22 de Mayo de
1990.
Publicado en La Gaceta No. 250 del 28 de Diciembre de 1990.
El Ministerio de Finanzas, en base a las facultades establecidas en
el Arto. 3 del Decreto No. 1554, publicado en La Gaceta, Diario
Oficial No. 5 del 07 de Enero de 1985.
ACUERDA:
Primero: Modificar el monto de la Deducción Personal de la
Renta Neta, hasta por la cantidad de C$ 181.834.634.00 (Ciento
Ochenta y Un Millón Ochocientos Treinta y Cuatro Mil Seiscientos
Treinta y Cuatro Córdobas Netos), para todas las personas naturales
residentes en el país a que se refiere el Arto. 20 de la Ley de
Impuesto Sobre la Renta (I.R.).
Segundo: Modificar a C$ 181,834,634.00 (Ciento Ochenta y
Un millón Ochocientos Treinta y Cuatro Mil Seiscientos Treinta y
Cuatro Córdobas Netos), el monto a que se refiere el párrafo 1o.
del Arto. 26 de la Ley de Impuesto Sobre la Renta (I.R.), en cuanto
a la obligación que tienen las personas naturales, cuya renta bruta
exceda de C$ 181,834,634.00 (Ciento Ochenta y Un millón Ochocientos
Treinta y Cuatro Mil Seiscientos Treinta y Cuatro Córdobas Netos),
a presentar declaración de sus rentas obtenidas durante el año
gravable.
Tercero: Los montos modificados mediante el presente
Acuerdo Ministerial, serán aplicables para el período fiscal
1989/1990.
Dado en la ciudad de Managua a los veintidós días del mes de
Mayo de mil novecientos noventa. LEONEL RODRÍGUEZ LÓPEZ.
Ministro de Finanzas por la Ley.
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