Modificación Al Presupuesto General De La República En El Ministerio De Transporte E Infraestructura

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Finanzas Públicas Rango: Acuerdos Ministeriales - (MODIFICACIÓN AL PRESUPUESTO GENERAL DE LA REPÚBLICA EN EL MINISTERIO DE TRANSPORTE E INFRAESTRUCTURA) ACUERDO MINISTERIAL No. 53-98. Aprobado el 9 de Noviembre de 1998. Publicado en La Gaceta No. 227 del 25 de Noviembre de 1998. EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, CONSIDERANDO: l Que de acuerdo al Artículo 2 del Decreto Ejecutivo No. 72-98, se instruye al Ministro de Hacienda y Crédito Público a efectuar las Modificaciones necesarias en el Presupuesto General de la República y realizar los desembolsos según lo dispuesto en el Artículo 31 de la Ley de Régimen Presupuestario. POR TANTO: ACUERDA: PRIMERO: Reformar el Acuerdo Ministerial No. 49-98 del dos de Noviembre de 1998 de manera que el numeral primero se leerá así: "Modificar el Presupuesto General de la República en el Ministerio de Transporte e Infraestructura, ampliándolo hasta por un monto de C$ 59,916,000.00 (CINCUENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS DIECISÉIS MIL CÓRDOBAS) para ser utilizado en un Proyecto Especial de Emergencia, dentro del Programa 09, "Construcción y Rehabilitación y Mejoramiento de la Infraestructura", denominado "Proyecto de Rehabilitación Vial de Emergencia". "Modificar el Presupuesto General de la República en las Partidas no Asignables a Organismo, ampliándolo hasta por un monto de C$ 18,084.000.00 (DIECIOCHO MILLONES OCHENTA Y CUATRO MIL CÓRDOBAS) para ser utilizados en un proyecto Especial de Emergencia, dentro del Programa 11, "Instituto de Desarrollo Rural", denominado "Proyecto de Rehabilitación de Caminos Rurales". SEGUNDO: El uso de estos recursos será informado a la Asamblea Nacional para los efectos previstos en el artículo 31 de la Ley del Régimen Presupuestario y sus desembolsos y registros deberán hacerse de conformidad a las Normas de Ejecución y Control Presupuestario. TERCERO: Este acuerdo entrará en vigencia a partir de esta fecha, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial de la República. Dado en la Ciudad de Managua, a los nueve días del mes de Noviembre de mil novecientos noventa y ocho.- ESTEBAN DUQUE ESTRADA.- MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO. -