Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Finanzas Públicas
Rango: Acuerdos Ministeriales
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MODIFICA TASA
Acuerdo Ministerial No. 56 , Aprobado el 22 de diciembre
de 1988
Publicado en La Gaceta No. 36 del 20 de febrero de 1989
El Ministerio de Finanzas, en base a las facultades, conferidas en
el Arto. 1 del Decreto No. 339 publicado en La Gaceta, Diario
Oficial No. 81 del 2 de Mayo de 1988.
ACUERDA:
Primero : Modificar la tasa establecida en el Arto. 25 de la
Legislación Tributaria Común (Decreto No. 713 publicado en La
Gaceta, Diario Oficial No. 146 del 30 de Junio de 1962) y sus
reformas, la que no excederá del cinco por ciento (5% ) sobre la.
tasa activa mensual bancaria establecida por las instituciones del
Sistema Financiero Nacional, para los créditos comerciales.
Segundo: El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a
partir de la fecha de su publicación por cualquier medio de
comunicación colectiva, sin perjuicio de su posterior publicación
en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los veintidós días del mes de
Diciembre de mil novecientos ochenta y ocho. - William Huper
Argüello, Ministro de Finanzas.
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