Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Finanzas Públicas
Rango: Acuerdos Ministeriales
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MODIFICA MONTO DE IMPUESTO
SOBRE LA RENTA
Acuerdo No. 51 , Aprobado el 14 de noviembre de 1988
Publicado en La Gaceta No. 35 del 17 de febrero de 1989
El Ministerio de Finanzas, en base a las facultades establecidas,
en el Arto. 3 del Decreto No. 1554 publicado en La Gaceta, Diario
Oficial No. 5 del 7 de Enero de 1985.
Acuerda:
Primero : Modificar el monto de la dedución personal de la
Renta Neta, hasta por la cantidad C$ 795,000.00 (Setecientos
Noventa y Cinco Mil Córdobas Netos), para todas las personas
naturales residentes en el país, a que se refiere el Arto. 20 de la
Ley del impuesto sobre la Renta (I.R.).
Segundo : Modificar a C$ 795,000.00 (Setecientos Noventa
y Cinco Mil Córdobas Netos), el monto a que se refiere el párrafo I
del Arto. 26, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (I.R.), en
cuanto a la obligación que tienen las personas naturales, cuya
renta bruta exceda de C$ 795,000.00 (Setecientos Noventa y Cinco
Mil Córdobas Netos), a presentar cleclaración de sus rentas
obtenidas durante el año gravable.
Tercero : Los montos modificados mediante el presente
Acuerdo Ministerial, serán aplicables para el período fiscal
1988-1989.
Dado en la Ciudad de Managua, a los catorce días del mes de
Noviembre de mil novecientos ochenta y ocho. - Silvio Vargas
Guzmán , Vice-Ministro de Finanzas.
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