Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Finanzas Públicas
Rango: Acuerdos Ministeriales
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(MODIFICA LOS ARANCELES DE
TRÁNSITO)
ACUERDO MINISTERIAL No. 29. Aprobado el 6 de Julio de
1988.
Publicado en La Gaceta No. 157 del 19 de Agosto de
1988.
El Ministerio de Finanzas, en uso de las facultades que le otorga
el Arto. 3 del Decreto No. 276, publicado en La Gaceta, Diario
Oficial No. 200 del 7 de Septiembre de 1987 (Ley sobre Aranceles de
Tránsito).
ACUERDA:
Primero: Modificar los Aranceles por servicios de tránsito
que deberán enterarse al Estado, como se detalla en los siguientes
incisos:
a) Emisión de Licencia de Conducir C$ 500.00
b) Reposición de Licencia de Conducir por pérdida o deterioro
300.00
c) Reposición de Licencia de Conducir por cambio de características
200.00
d) Cambio de categoría en la Licencia de conducir por cada
categoría 200.00
e) Cambio de domicilio en la Licencia de conducir 200.00
f) Permiso múltiple de salida de vehículo del país 1,000.00
g) Permiso ordinario de salida de vehículo del país 300.00
h) Permiso para realizar cambio en el vehículo 100.00
i) Permiso provisional para circular 100.00
j) Permiso provisional de cualquier clase 100.00
k) Constancia de registro 100.00
Segundo: El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia
a partir de la fecha de su publicación por cualquier medio de
comunicación colectiva, sin perjuicio de su posterior publicación
en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los seis días del mes de julio de
mil novecientos ochenta y ocho. WILLIAM HUPER ARGÜELLO.
Ministro de Finanzas.
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