“Modifica Impuesto Sobre La Renta”

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Finanzas Públicas Rango: Acuerdos Ministeriales - MODIFICA IMPUESTO SOBRE LA RENTA Acuerdo No. 24 , Aprobado el 06 de abril de 1989 Publicado en La Gaceta No. 114 del 16 de junio de 1989 El Ministerio de Finanzas, en base a las facultades establecidas en Arto. 3 del Decreto No. 1554, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 5 del 7 de Enero de 1985. Acuerda: Primero : Modificar el monto de la Deducción personal de la Renta Neta, hasta por la cantidad de C$ 3.100.000.00 (Tres Millones cien mil Córdobas Netos), para todas las personas naturales residentes en el país, a que se refiere el Arto. 20 de la Ley de impuesto sobre la Renta (I.R.). Segundo : Modificar a C$ 3.100.000.00 (Tres Millones cien mil Córdobas Netos), el monto a que se refiere el párrafo 1 del Arto. 26 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (I.R.), en cuanto a la obligación que tienen las personas naturales, cuya renta bruta exceda de C$ 3.100.000.00 (Tres Millones cien mil Córdobas Netos), a presentar declaración de sus rentas obtenidas durante el año gravable. Tercero : Los montos modificados mediante el presente Acuerdo Ministerial, serán aplicables para el período fiscal 1988/1989. Dado en la ciudad de Managua, a los seis días del mes de Abril de mil novecientos ochenta. y nueve. - Silvio Vargas Guzmán , Vice-Ministro de Finanzas. -