Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Finanzas Públicas
Rango: Acuerdos Ministeriales
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MODIFICA IMPUESTO SOBRE LA
RENTA
Acuerdo No. 24 , Aprobado el 06 de abril de 1989
Publicado en La Gaceta No. 114 del 16 de junio de 1989
El Ministerio de Finanzas, en base a las facultades establecidas en
Arto. 3 del Decreto No. 1554, publicado en La Gaceta, Diario
Oficial No. 5 del 7 de Enero de 1985.
Acuerda:
Primero : Modificar el monto de la Deducción personal de la
Renta Neta, hasta por la cantidad de C$ 3.100.000.00 (Tres Millones
cien mil Córdobas Netos), para todas las personas naturales
residentes en el país, a que se refiere el Arto. 20 de la Ley de
impuesto sobre la Renta (I.R.).
Segundo : Modificar a C$ 3.100.000.00 (Tres Millones cien
mil Córdobas Netos), el monto a que se refiere el párrafo 1 del
Arto. 26 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (I.R.), en cuanto a
la obligación que tienen las personas naturales, cuya renta bruta
exceda de C$ 3.100.000.00 (Tres Millones cien mil Córdobas Netos),
a presentar declaración de sus rentas obtenidas durante el año
gravable.
Tercero : Los montos modificados mediante el presente
Acuerdo Ministerial, serán aplicables para el período fiscal
1988/1989.
Dado en la ciudad de Managua, a los seis días del mes de Abril
de mil novecientos ochenta. y nueve. - Silvio Vargas Guzmán
, Vice-Ministro de Finanzas.
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